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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2014 (12/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 2

El Peruano Lunes 12 de mayo de 2014 522988 PODER EJECUTIVO PRODUCE Disponen la publicación en el portal del Ministerio de la Producción del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Diversificación Productiva RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2014-PRODUCE Lima, 9 de mayo de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 454-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 022-2014-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGECOMTE-mcp de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial y el Informe Nº 049-2014-PRODUCE/OGAJ-igonzalez de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, establece los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, estableciendo en su artículo 2, que los ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son defi nidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas; Que, de conformidad con el artículo 23° de la Ley N° 29158, se establece que los Ministerios tienen la función de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, de conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N°1047 y la Resolución Ministerial N° 343- 2012-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, corresponde a este Ministerio la formulación, aprobación y supervisión de las políticas de alcance nacional aplicables a actividades productivas, es la autoridad rectora en el sector industria; tiene competencias en materia de industria, comercio interno, promoción y fomento de cooperativas, micro y mediana empresa y demás que le asigne la ley; Que, a través del Informe de Vistos y en el marco de las competencias conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial propone la implementación de un Plan Nacional de Diversifi cación Productiva, que permita impulsar nuevos motores de desarrollo en áreas relevantes para la mejora de las capacidades productivas de la economía, crear nuevas fuentes de crecimiento, generar empleos de buena calidad y lograr una menor dependencia de las exportaciones en materias primas; Que, el artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala entre otros aspectos, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fi n de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía, resulta conveniente disponer la publicación del referido proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Diversificación Productiva, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Diversifi cación Productiva en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), por el plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía. Artículo 2º.- Mecanismo de participación Encargar a la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, recibir, procesar y sistematizar las propuestas o sugerencias que se presenten, las cuales deberán ser remitidas por escrito al Ministerio de la Producción, sito en Calle Uno Oeste N°060, Urbanización Córpac, San Isidro, y/o a través del correo electrónico PNDP@produccion.gob. pe y/o a través de la aplicación Web que en formato PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza N° 010-2014.- Ordenanza que regula el funcionamiento de kioscos y/o módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas, complementarios y afi nes en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao 523015 Ordenanza N° 011-2014.- Aprueban campaña de regularización de habilitaciones urbanas y edifi caciones ejecutadas sin licencia hasta diciembre de 2014 523020 SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza N° 1787.- Ordenanza que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos en Lima Metropolitana 522977