Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Supervisoras de reconocido prestigio a nivel internacional que seran responsables de realizar su ejecucion, entre otras disposiciones; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria y Final del referido Decreto Supremo N° 0082013-PRODUCE, dispone que en tanto se concluya el MORDAZA MORDAZA de seleccion del Concurso Publico para seleccionar a las empresas supervisoras que ejecutaran el Programa, se faculta al Ministerio de la Produccion a efectuar las acciones que resulten necesarias para garantizar la continuidad de las acciones de supervision y fiscalizacion que deben ejecutarse; Que, con fecha 04 de enero de 2014, se publicaron los terminos de referencia para la contratacion de las empresas supervisoras responsables de ejecutar el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional, en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, para recibir comentarios y sugerencias de la poblacion, en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria y Final del citado decreto supremo, siendo que a la fecha se vienen realizando los actos preparatorios para la realizacion del referido MORDAZA de seleccion; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 325-2013PRODUCE, se aprobo el texto de las adendas a los Convenios para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", a ser suscritos por el Ministerio de la Produccion con las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. con vigencia hasta el 31 de marzo de 2014; delegando en el Viceministro de Pesqueria, la facultad de suscribir las adendas, en representacion del Ministerio de la Produccion; Que, los Convenios para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el ambito maritimo, suscritos entre el Ministerio de la Produccion y las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. respectivamente, en su clausula setima, senalan que si al culminar el periodo de ejecucion del Programa, el MORDAZA MORDAZA de seleccion no hubiera concluido con la correspondiente adjudicacion, las empresas se obligan a asegurar su continuidad, en la MORDAZA respectiva, por un periodo minimo de seis (06) meses, o hasta que se realice un MORDAZA MORDAZA de seleccion; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 0872014-PRODUCE y N° 109-2014-PRODUCE, se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA en la MORDAZA Norte Centro, a partir del 23 de MORDAZA de 2014, y su culminacion el 31 de MORDAZA de 2014; asimismo, por Resoluciones Ministeriales N° 089-2014-PRODUCE y N° 123-2014PRODUCE, se modifica la Resolucion Ministerial N° 3012013-PRODUCE, a fin de establecer como nueva fecha de conclusion de la MORDAZA Temporada de Pesca de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, en la MORDAZA Sur, el 31 de MORDAZA de 2014; Que, por Informe N° 008-2014-PRODUCE/DISoponce y Memorando N° 2088-2014-PRODUCE/DGSF, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion concluye que: (i) la contratacion de las nuevas empresas supervisoras que ejecutaran el Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional se extendera hasta el 31 de marzo de 2015, por el tiempo que requerira los actos preparatorios del MORDAZA, su convocatoria y celebracion, asi como la ejecucion del periodo de implementacion, (ii) es conveniente la optimizacion de las actividades de vigilancia y control desplegadas en las plantas de procesamiento de productos pesqueros a efectos de lograr eficiencia en la distribucion del esfuerzo de supervision, (iii) se requiere el fortalecimiento de la capacidad operativa de la supervision a traves del apoyo logistico, equipamiento e implementacion brindado por las empresas ejecutoras del Programa, (iv) se debe realizar un ajuste en el factor de facturacion por tonelada de descartes o residuos generados o recibidos en las referidas plantas, entre otros aspectos; Que, en atencion ello, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, recomienda suscribir las adendas a los convenios suscritos con las empresas supervisoras SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A., con la finalidad de prorrogarlos por el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2014 al 31 de marzo de 2015, garantizando la ejecucion de las actividades

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

de vigilancia y control de las actividades pesqueras; asi como, adecuar las prestaciones a cargo de las empresas supervisoras a lo establecido en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, y de los Directores de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Decreto Supremo N° 008-2013-PRODUCE que aprueba el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional; el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de las adendas a los Convenios para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional, a ser suscritos entre el Ministerio de la Produccion, con las empresas SGS del Peru S.A.C., y Certificaciones del Peru S.A., contenidas en los Anexos 1 y 2, los cuales son parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Delegar en el Viceministro de Pesqueria, la facultad de suscribir, en representacion del Ministerio de la Produccion, con las empresas SGS del Peru S.A.C y Certificaciones del Peru S.A., las adendas a los Convenios para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional, conforme al texto aprobado por el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolucion, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestacion de Servicios suscritos por las empresas supervisoras del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional, y las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano indirecto, consumo humano directo, y las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales N° 591-2008-PRODUCE y N° 169-2010-PRODUCE, podran ser modificados; considerando como plazo de vigencia desde el 01 de MORDAZA de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015. La Direccion General de Supervision y Fiscalizacion aprobara el texto de la adenda de los Contratos de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuicolas en el ambito nacional, y demas normas de caracter general para la aplicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1083323-2

Modifican la R.M. N° 448-2012PRODUCE, sobre conformacion de Grupo de Trabajo encargado de propiciar el dialogo, una cultura de paz y MORDAZA social, asi como fortalecer la gobernabilidad democratica en un contexto de sostenibilidad economica con inclusion social, vinculado a las competencias del Ministerio de la Produccion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 144-2014-PRODUCE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014

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