Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

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MORDAZA, implementen dentro de un plazo de ciento ochenta (180) dias habiles de publicada la presente MORDAZA regional, directivas que regulen el desarrollo de las actividades que pudieran afectar la sostenibilidad ambiental y la integridad de los ecosistemas dentro de las cabeceras de cuencas hidrograficas prioritarias del Departamento de MORDAZA, directivas que seran socializadas con la Comision Tecnica para los aportes respectivos MORDAZA de su aprobacion. Articulo Quinto.- DETERMINAR que las actividades economicas que se realicen en cabeceras de cuencas estaran regidas por las directivas emitidas por las unidades organicas del Gobierno Regional de MORDAZA, en tanto se culmine el MORDAZA de ZEE, salvo las actividades de subsistencia, autoconsumo y de infraestructura vial prioritaria en el departamento de Loreto. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, incluir en sus programas curriculares el concepto, enfoque, impactos, utilidad e influencia de las cabeceras de cuencas hidrograficas del Departamento de MORDAZA, en la conservacion de los procesos ecologicos y evolutivos, la salud ambiental y la provision de los servicios ecosistemicos que inciden en la dinamica socio economica y cultural de las comunidades. Articulo Septimo.DISPONER que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como organo competente, emita opinion tecnica cartografica sobre la ubicacion espacial de los petitorios de actividades economicas y de infraestructura; exceptuando de esta obligacion a aquellas Unidades Organicas del GOREL que segun funciones y competencias, cuenten con oficinas especializadas que manejan, brindan y producen informacion cartografica. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, el desarrollo de un diagnostico de la fragilidad de las cabeceras de MORDAZA hidrograficas prioritarias, especialmente de aquellas que proveen del recurso hidrico a las principales ciudades, como insumo tecnico para implementar directivas que regulen el desarrollo de las actividades que pudieran afectar su conservacion. Articulo Noveno.- ANEXESE a la presente Ordenanza Regional, en anexo Nº 1 y Nº 2 respectivamente, el documento tecnico denominado "Identificacion y Delimitacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto" y el "Mapa de Ubicacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto. Articulo Decimo.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano", Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto: www. regionloreto.gob.pe y a la Oficina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA la difusion de la MORDAZA regional en todo el Departamento de Loreto. Articulo Decimo Primero.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial de la Region y/o El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el Auditorium del Gobierno Regional de MORDAZA, sito en la Av. MORDAZA Quinones Km.1.5, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inc. o), 37 inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0022010- GRL-CR de fecha 8 de enero de 2010. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA

Ambiente y Nacionalidades Indigenas del Consejo Regional de MORDAZA, se concluyo en la propuesta de Ordenanza Regional, que aprueba el documento tecnico Identificacion y Delimitacion de Cabeceras de Cuencas Prioritarias del Departamento de Loreto. Que, en sesion ordinaria 001, del 19 de febrero del 2013 la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, puso en conocimiento de la Comision Ambiental Regional ­ CAR MORDAZA, la propuesta de ordenanza regional que aprueba el documento tecnico "Identificacion y Delimitacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto" y el "Mapa de Ubicacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto", para los fines pertinentes; Que, en atencion a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional, para su promulgacion en un plazo de diez (10) dias naturales y/o hacer uso de su derecho a observarla en el plazo de quince (15) dias habiles, conforme lo establece el inciso o) del Articulo 21º de la MORDAZA citada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Loreto; el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, emite la siguiente MORDAZA de alcance regional: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el documento tecnico denominado "Identificacion y Delimitacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto", elaborado en base a la Metodologia de Codificacion de Unidades Geograficas de Pfastetter, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 033-2008AG. Articulo Segundo.- APROBAR el "Mapa de Ubicacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto", elaborado en base al documento tecnico "Identificacion y Delimitacion de Cabeceras de Cuencas Hidrograficas Prioritarias del Departamento de Loreto". Articulo Tercero.- CONFORMAR una Comision Tecnica, presidida por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente e integrada por: - La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - La Gerencia Regional de Desarrollo Social - Direccion Regional de la Produccion - Direccion Regional de Educacion - Direccion Regional de Energia y Minas - Direccion Regional Agraria MORDAZA - El Programa de Conservacion, Gestion y Uso Sostenible de la Diversidad Biologica de MORDAZA - El Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna MORDAZA de MORDAZA - Administracion Local de Agua ­ Iquitos. - El Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - El Servicio Nacional de Meteorologia e HidrologiaSENAMHI, - El Servicio de Hidrografia y Navegacion de la Amazonia. - El Ministerio del Ambiente - Universidad Nacional de la Amazonia Peruana - Organizaciones Indigenas regionales - Dos representantes de ONG con sede en MORDAZA La Comision Tecnica, estara a cargo de monitorear el cumplimiento de la presente MORDAZA regional, por parte de todas las instituciones publicas y privadas del ambito del Departamento de Loreto. Es competencia de cada unidad organica, de acuerdo a sus funciones, emitir opinion tecnica referente a la viabilidad o inviabilidad del desarrollo de las actividades. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que las Unidades que integran la estructura organica del Gobierno Regional de

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