Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

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b. Descargara la deuda de cobranza dudosa del Sistema de Servicios de Administracion Tributaria, por haber quedado extinguida. c. Informara al detalle y formalmente (adjuntado CD´s) a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, las cuentas efectivamente extinguidas, especificando para tales efectos el estado de la deuda al momento de ejecutarse la Resolucion Gerencial. Cada Subgerencia involucrada, debera informar formalmente a su superior jerarquico, el cumplimiento de dicha Resolucion Gerencial en lo que les corresponda, bajo responsabilidad funcional. Articulo Sexto.- DE LOS PAGOS Los pagos extinguen la obligacion tributaria, por lo tanto, toda deuda tributaria que MORDAZA sido pagada por tributos y periodos que posteriormente hayan sido declarados como deuda de cobranza dudosa, son validos y no se encontraran sujetos a devolucion ni compensacion. Tambien se consideran validos los pagos que se hayan realizado hasta MORDAZA del descargo en el Sistema de la deuda declarada como de cobranza dudosa. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias y atribuciones, disponiendose que se publique mediante el MORDAZA Electronico de la municipalidad en la misma fecha de la publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Derogar toda disposicion que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Facultar al MORDAZA para dictar las normas complementarias que permitan la aplicacion de la presente ordenanza mediante Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 1086659-1

Si la Gerencia de Finanzas tuviera observaciones respecto del Memorandum enviado por la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, debera hacerlas llegar a dicha Gerencia para que esta brinde inmediata atencion y absolucion correspondiente. 4) La Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, una vez recibido el Informe de aprobacion de Gerencia de Finanzas, procedera a emitir la respectiva Resolucion Gerencial en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles, dejando sin efecto las Resoluciones de Determinacion y/u Ordenes de Pago y/o cualquier otro acto administrativo que contenga o determine deudas tributarias declaradas como de cobranza dudosa, y declarara la extincion de las obligaciones tributarias. La Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria comunicara formalmente a la Subgerencia de Recaudacion y Control y a la Subgerencia de Ejecucion Coactiva para que, en coordinacion con el Ejecutor Coactivo, procedan con la suspension de los procedimientos de ejecucion coactiva que se encuentren en tramite, que contengan la deuda tributaria declarada como de cobranza dudosa, sin costas ni gastos administrativos, ordenando el archivo definitivo de los actuados, de conformidad con el articulo 16.6º del TUO de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, el mismo que fue aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS. La Resolucion Gerencial de la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, debera ser comunicada formalmente a las siguientes areas: · Gerencia Municipal. · Gerencia de Finanzas. · Subgerencia de Recaudacion y Control. · Subgerencia de Ejecucion Coactiva. · Subgerencia de Registro y Orientacion Contribuyente · Subgerencia de Tecnologias de la Informacion.

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5) La Subgerencia de Registro y Orientacion al Contribuyente en los siguientes casos, debera realizar las siguientes acciones, de manera inmediata: a. De encontrarse en tramite medios impugnatorios, proyectara las Resoluciones Gerenciales correspondientes, declarando sin objeto los recursos interpuestos respecto de las deudas extinguidas. b. En caso el tramite se encuentre en el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, procedera a elaborar los proyectos de Oficio para comunicar dicha medida a dicho organo, a fin de que se proceda conforme a lo establecido en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF. 6) La Subgerencia de Recaudacion y Control: a. Debera modificar sus saldos por cobrar para efecto de sus planes de cobranza. b. Debera ubicar los valores tributarios dejados sin efecto, y previo inventario y listado, derivarlos al Archivo Central, informando de dicha accion a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria. 7) Subgerencia de Ejecucion Coactiva: a. Comunicara y remitira al Ejecutor Coactivo la Resolucion Gerencial de Servicios de Administracion Tributaria, para que este a su vez procedera en: i. Anexar MORDAZA de la misma en los Expedientes Coactivos que contienen la deuda tributaria declarada como de cobranza dudosa. ii. Previo inventario y listado de los expedientes, los derivara al Archivo Central, informando de dicha accion a la Subgerencia de Ejecucion Coactiva con MORDAZA a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria. 8) Subgerencia de Contabilidad: a. Debera registrar contablemente la extincion de la deuda tributaria y realizar las acciones que correspondan. 9) Subgerencia de Tecnologias de la Informacion: a. Publicara la Resolucion de Gerencia de Finanzas y la Resolucion de la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria en el MORDAZA Web de la Municipalidad.

Autorizan la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014
ORDENANZA Nº 187-2014/MLV La MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2014 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS: En sesion extraordinaria de 16 de MORDAZA de 2014 el Dictamen Nº 0003-2014-CPPPAL/MLV de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; el informe Nº 004-14-PVLP-SG-MLV de la Unidad de Estados Civiles de 18 de marzo de 2014; el informe Nº 119-2014-GAJ/MDLV de la Gerencia de Asesoria Juridica de 19 de marzo de 2014; el memorandum Nº 411-2014GM/MLV de la Gerencia Municipal de 4 de MORDAZA de 2014; el oficio Nº 473-2014-SG/MLV de la Secretaria General; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 4º de la Carta Magna establece que la comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 233º del Codigo Civil la regulacion juridica de la familia tiene por

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