Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2014 (09/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA 9 de noviembre de 2014

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DIRECTIVA QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADMINISTRACION, FUNCIONAMIENTO, PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Y CONSULTA DEL REGISTRO NACIONAL DE SANCIONES DE DESTITUCION Y DESPIDO ­ RNSDD I.- OBJETIVO Establecer los lineamientos para la administracion, funcionamiento, procedimiento de inscripcion y consulta de sanciones en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido, en adelante el Registro, creado por el articulo 242º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil, conforme a lo establecido en el articulo 98° de la Ley N° 30057. II.- BASE LEGAL 2.1. Ley Nº 27444 y sus modificatorias, que aprueba la Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.2. Ley Nº 30057, que aprueba la Ley del Servicio Civil. 2.3. Decreto Legislativo N° 1023 y sus modificatorias, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos. 2.4. Ley Nº 29622, que aprueba la Ley que modifica la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y amplia las facultades en el MORDAZA para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional. 2.5. Decreto Legislativo Nº 635, que aprobo el Codigo Penal y sus modificatorias. 2.6. Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. 2.7.Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modificatorias. 2.8. Decreto Supremo Nº 023-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29622, denominado "Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los organos del Sistema Nacional de Control. III.- AMBITO DE APLICACION La presente directiva tiene alcance nacional, siendo de obligatorio cumplimiento para las entidades publicas que se encuentran comprendidas dentro del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley N°27444 con excepcion de las mencionadas en el inciso 8, las entidades que forman parte del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, previstas en el Decreto Legislativo N° 1023 y la Ley N° 30057; ademas de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado. IV.- DISPOSICIONES GENERALES 4.1.- Concepto y Finalidad El Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido, en adelante el Registro, es una herramienta electronica del sistema administrativo de gestion de recursos humanos donde las entidades obligatoriamente inscriben y actualizan las sanciones impuestas a sus servidores civiles, las mismas que se publicitan a traves del modulo de consulta ciudadana de SERVIR. El Registro tiene por finalidad que las entidades garanticen el cumplimiento de las sanciones inscribibles; y no permitan la prestacion de servicios en el Estado a personas con suspension o inhabilitacion vigente; contribuyendo a la transparencia en la incorporacion de los recursos humanos al Estado; asi como constituir una garantia para los sancionados sobre la contabilizacion exacta del periodo que dura su sancion. 4.2.- Publicidad

del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos; Que, los literales a) y c) del articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023 disponen que SERVIR tiene, entre otras, la funcion de planificar y formular las politicas nacionales del Sistema en materia de recursos humanos, organizacion del trabajo y su distribucion, gestion del empleo, rendimiento, evaluacion, compensacion, desarrollo y capacitacion, y relaciones humanas en el servicio civil; asi como dictar normas tecnicas para el desarrollo e implementacion del Sistema; Que, asimismo el literal b) del articulo 2 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, considera que en su condicion de ente rector y sin perjuicio de las demas facultades que le senale la legislacion, SERVIR ejerce la atribucion de dictar normas, directivas, opiniones y reglas en materia del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos con caracter vinculante; Que, de otro lado el articulo 242 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, establece que la Presidencia de Consejo de Ministros o quien esta designe organiza y conduce en forma permanente un Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido que se hayan aplicado a cualquier autoridad o personal al servicio de la entidad, independientemente de su regimen laboral o contractual, con el objeto de impedir su reingreso a cualquiera de las entidades por un plazo de cinco (5) anos; Que, el articulo 98 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que las sanciones de suspension y destitucion deben ser inscritas en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido, creado por el articulo 242 de la Ley 27444, que administra SERVIR; Que, la Duodecima Disposicion Complementaria Final del Reglamento General de la Ley N° 30057, dispone que SERVIR aprobara las directivas necesarias para la administracion, funcionamiento, procedimiento de la inscripcion, consulta y demas del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido; Que, mediante Informes Nºs. 17 y 18-2014SERVIR/GDSRH la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, organo encargado de la implementacion y supervision de las politicas de gestion de los recursos humanos, ha propuesto la Directiva que aprueba los Lineamientos para la Administracion, Funcionamiento, Procedimiento de Inscripcion y Consulta del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido; Que, en el MORDAZA de sus funciones, el Consejo Directivo mediante Sesion Nº 39-2014 acordo aprobar la Directiva que aprueba los Lineamientos para la Administracion, Funcionamiento, Procedimiento de Inscripcion y Consulta del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido, encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la Resolucion correspondiente; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley N° 30057; Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de SERVIR y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar la aprobacion de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GDSRH "Directiva que aprueba los Lineamientos para la Administracion, Funcionamiento, Procedimiento de Inscripcion y Consulta del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido", cuyo texto en anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y de la Directiva en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de SERVIR (www.servir.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo

El Registro es publico y garantiza el acceso a su informacion a toda persona, mediante el modulo de consulta ciudadana. Ninguna entidad del Estado podra

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