Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2014 (09/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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de actas extraviadas. En tal sentido, la incertidumbre en torno a la oportunidad y forma en que fue hallada o recibida la mochila, la demora en la entrega de la misma a las autoridades, la no intervencion de las autoridades electorales o representantes del Ministerio Publico en el momento del hallazgo o recibo del material y que MORDAZA sido proporcionado por terceros no permite generar certeza en este Supremo Tribunal Electoral respecto de la autenticidad de las actas electorales ni de la veracidad de los datos contenidos en ellas. 10. Finalmente, la organizacion politica recurrente alega que aprobar la decision del JEE supondria la convalidacion de los actos de violencia acaecidos el dia de la jornada electoral. Al respecto, este organo colegiado considera oportuno reafirmar su rechazo a todo aquel acto de violencia que atente contra la voluntad popular, ya que no resulta admisible ni democratico que la poblacion ni las organizaciones politicas inciten y realicen actos de violencia por el solo hecho de haber perdido una eleccion y sobre la base de proyecciones electorales. En efecto, un Estado Constitucional y Democratico de Derecho exige el respeto de los derechos fundamentales y el respeto a la manifestacion de la voluntad popular expresada en las urnas, asi como la utilizacion de los mecanismos legales que el ordenamiento juridico preve para cuestionar dichos resultados, ante lo cual la violencia no resulta ser un mecanismo valido para resolver controversias juridicas ni manifestar discrepancias o cuestionamientos a los resultados o el accionar de otras organizaciones politicas u organismos del Sistema Electoral. 11. En ese sentido, la decision del JEE, asi como la de este Supremo Tribunal Electoral no implica, en modo alguno, la convalidacion de los actos de violencia, sino que supone la imposibilidad de validar resultados del MORDAZA electoral si es que estos no provienen o se encuentran contenidos en actas electorales, por lo que los medios probatorios a los que alude el recurrente no resultan suficientes para acreditar el contenido de aquellas actas electorales y que estas MORDAZA el fiel reflejo de la voluntad popular. Por tales consideraciones, este organo colegiado concluye que corresponde desestimar el recurso de apelacion planteado y confirmar la resolucion venida en grado, precisada por la Resolucion Nº Tres, de fecha 27 de octubre de 2014. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, personero legal acreditado ante la Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas del movimiento regional Integrando Ucayali; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 00001-2014-JEE MORDAZA PORTILLO/JNE, de fecha 18 de octubre de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, que resolvio declarar nula el acta electoral de la Mesa de Sufragio Nº 220038 y considerar la cifra ciento noventa y tres (193) como total de votos nulos en las votaciones para presidente, vicepresidentes y consejeros regionales, asi como en la votacion provincial, con ocasion del MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2014 llevadas a cabo en la provincia de Purus, departamento de Ucayali. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1161250-1
Sobres morados 12

El Peruano MORDAZA 9 de noviembre de 2014

RESOLUCION Nº 3461-2014-JNE Expediente Nº J-2014-03696 PURUS - UCAYALI JEE MORDAZA PORTILLO (EXPEDIENTE Nº 00607-2014-095) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, cuatro de noviembre de dos mil catorce. VISTO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, personero legal acreditado ante la Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas del movimiento regional Integrando Ucayali, en contra de la Resolucion Nº 00001-2014-JEE MORDAZA PORTILLO/JNE, de fecha 18 de octubre de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo, que resolvio declarar nula el acta electoral de la Mesa de Sufragio Nº 227398 y considerar la cifra ciento noventa y uno (191) como total de votos nulos en las votaciones para presidente, vicepresidentes y consejeros regionales, asi como en la votacion provincial, con ocasion del MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2014 llevadas a cabo en la provincia de Purus, departamento de Ucayali. ANTECEDENTES Procedimiento de recuperacion de actas Mediante Oficio Nº 110-2014-ODPE MORDAZA PORTILLO-SGOPED/GOECOR/ONPE-ERM 2014, de fecha 9 de octubre de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, jefa de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA Portillo (en adelante ODPE), informa la relacion de actas electorales siniestradas durante la jornada electoral del dia MORDAZA 5 de octubre de 2014, conforme al siguiente detalle: Provincia de Purus Local de votacion unico: Institucion Educativa Primaria Nº 64174
Cantidad de sobres siniestrados Sobres Nº de mesas siniestradas Cantidad Cantidad siniesen presidentes y de sobres de sobres trados consejeros regionales 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. Nº de mesas siniestradas: provinciales 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816. 000956; 000957; 000958; 203607; 213384; 213778; 220038; 227398; 241159; 245770; 271198; y, 284816.

Sobres plomos

12

12

Sobres celestes

12

12

Sobres verdes

12

12

Sobres rojos

12

12

12

Seguidamente, a traves del Oficio Nº 116-2014-ODPE MORDAZA PORTILLO-SGOPED/GOECOR/ONPE-ERM 2014, de fecha 14 de octubre de 2014, la mencionada jefa de la ODPE hace de conocimiento que con fecha 10 de octubre se ha realizado el cierre de actas electorales extraviadas, habiendo solicitado al encargado de computo que se ejecute en la suite electoral el ingreso de las actas electorales que se detallan a continuacion:

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