Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2014 (09/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA 9 de noviembre de 2014

de conformidad con las normativas y documentos orientadores aprobados por el MINAM. Subcapitulo IV Procedimiento de Evaluacion de los Estudios de Impacto Ambiental y Otorgamiento de la Certificacion Ambiental Articulo 39°.- Solicitud de certificacion ambiental para los Estudios de Impacto Ambiental Semidetallados o Detallados (EIA-sd o EIA-d) 39.1 El titular debe presentar ante la autoridad competente, previo al inicio de obras para la ejecucion del proyecto de inversion, la solicitud de certificacion ambiental, cumpliendo con lo dispuesto en el articulo 37° del presente Reglamento y con los siguientes requisitos: 1. Un (01) ejemplar impreso del formulario de la solicitud de certificacion ambiental, aprobado por el PRODUCE, que contenga los requisitos del articulo 113º de la Ley del Procedimiento Administrativo General y los datos generales de la entidad autorizada para elaborar estudios ambientales. 2. Un (01) ejemplar impreso y uno (01) en formato digital del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado o Detallado (EIA-sd o EIA-d), debidamente foliado y suscrito por el titular, la entidad autorizada que lo elaboro y los profesionales que participaron en su elaboracion. En los casos que se requiera opinion tecnica de otras autoridades, el titular debe presentar MORDAZA copias como opiniones se requieran. 3. Pago por derecho de tramite. Articulo 40°.- Admisibilidad del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado o Detallado (EIA-sd o EIA-d) del proyecto de inversion a nivel de factibilidad 40.1 Los EIA-sd o EIA-d, deben ser elaborados sobre la base del proyecto de inversion disenado a nivel de factibilidad. 40.2 Para la admisibilidad de los estudios de impacto ambiental referidos en el numeral anterior, la autoridad competente verificara que la solicitud de certificacion ambiental cumpla con los requisitos establecidos en el articulo 39º del presente Reglamento y que estos MORDAZA elaborados conforme al contenido de los terminos de referencia correspondientes. 40.3 La autoridad competente solo admitira a evaluacion el estudio de impacto ambiental, que cumpla con los requisitos indicados en el numeral anterior. Articulo 41°.- Procedimiento de evaluacion del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd) 41.1 Admitida a tramite la solicitud de certificacion ambiental, la autoridad competente resolvera en un

plazo MORDAZA de noventa (90) dias habiles, el cual podra ampliarse, por unica vez, hasta por treinta (30) dias habiles. 41.2 Este plazo comprende hasta cincuenta (50) dias habiles para la revision y evaluacion por parte de la autoridad competente, hasta treinta (30) dias habiles para la subsanacion de observaciones y/o remision de informacion adicional a cargo del titular y, hasta diez (10) dias habiles para la resolucion respectiva. 41.3 La ampliacion del plazo a que se refiere el numeral 41.1 del presente articulo, se otorgara solo a solicitud sustentada del titular, presentada MORDAZA del vencimiento del plazo concedido para la subsanacion de observaciones y/o remision de informacion adicional. El plazo MORDAZA adicional que podra conceder la autoridad competente al titular es de veinte (20) dias habiles, contados a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo inicialmente concedido; teniendo esta diez (10) dias habiles adicionales para la resolucion respectiva. 41.4 De requerirse opinion tecnica segun lo establecido en el articulo 24º del presente Reglamento, esta debe emitirse en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias habiles. El computo de este plazo no debera afectar el plazo total para la resolucion de la solicitud de certificacion ambiental. Articulo 42°.- Procedimiento de evaluacion del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) 42.1 Admitida a tramite la solicitud de certificacion ambiental, la autoridad competente resolvera en un plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias habiles, el cual podra ampliarse, por unica vez, hasta por treinta (30) dias habiles. 42.2 Este plazo comprende hasta setenta (70) dias habiles para la revision y evaluacion por parte de la autoridad competente, hasta treinta (30) dias habiles para la subsanacion de observaciones y/o remision de informacion adicional a cargo del titular, y hasta veinte (20) dias habiles para la resolucion respectiva. 42.3 La ampliacion del plazo a que se refiere el numeral 42.1 del presente articulo, se otorgara solo a solicitud sustentada del titular, presentada MORDAZA del vencimiento del plazo concedido para la subsanacion de observaciones y/o remision de informacion adicional. El plazo MORDAZA adicional que podra conceder la autoridad competente al titular es de veinte (20) dias habiles, contados a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo inicialmente concedido¸ teniendo esta diez (10) dias habiles adicionales para la resolucion respectiva. 42.4 De requerirse opinion tecnica segun lo establecido en el articulo 24º del presente Reglamento, esta debe emitirse en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias habiles. El computo de este plazo no debera afectar el plazo total para la resolucion de la solicitud de certificacion ambiental.

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

4. 5.

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