Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2014 (09/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA 9 de noviembre de 2014

PROYECTO

537271

DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE GESTION AMBIENTAL PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA Y COMERCIO INTERNO DECRETO SUPREMO N° -2014-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece como derecho fundamental de la persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservacion de la diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais; Que, el articulo 50° del Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, modificado por la Ley Nº 26734, senala como autoridades sectoriales competentes para conocer sobre las disposiciones ambientales sectoriales a los Ministerios o los organismos fiscalizadores segun sea el caso; Que, el numeral 58.1 del articulo 58° de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente establece que los ministerios y sus respectivos organismos publicos, asi como los organismos regulatorios o de fiscalizacion, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias senaladas en la Ley; Que, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245 establece como funcion de la autoridad ambiental nacional dar opinion previa de los proyectos legislativos con implicancias ambientales, en los casos de institucionalidad, instrumentos de gestion ambiental o de politicas ambientales; asimismo, la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, senalan como funcion del organismo rector emitir opinion previa favorable sobre los proyectos de reglamentos relacionados a los procesos de evaluacion de impacto ambiental y sus modificaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, se aprobo el Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera, el cual fue emitido en el MORDAZA de la vigencia del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, el mismo que fue derogado por la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; Que, desde la vigencia del Reglamento de Proteccion Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera se han generado cambios en diversas normas, con caracter general, que regulan materias ambientales aplicables a todas las actividades economicas, lo cual hace necesaria la aprobacion de un reglamento que adecue el regimen de gestion ambiental para la industria manufacturera al MORDAZA MORDAZA legal existente; Que, por su parte, en la gestion ambiental de los proyectos y actividades de comercio interno se viene aplicando las normas ambientales transectoriales, principalmente, la Ley General del Ambiente y las disposiciones del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental - SEIA, siendo necesario contar con una reglamentacion ambiental sectorial; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, y el numeral 11.3 del articulo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento de Gestion Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno

Apruebese el Reglamento de Gestion Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, el mismo que contiene setenta y uno (71) articulos, dieciocho (18) disposiciones complementarias finales, tres (03) disposiciones complementarias transitorias, una (01) disposicion complementaria derogatoria y un (01) anexo; que en documento adjunto forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente y el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los del mes de del ano Presidente Constitucional de la Republica Ministro del Ambiente Ministro de la Produccion dias

PROYECTO DE REGLAMENTO DE GESTION AMBIENTAL PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA Y COMERCIO INTERNO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto 1.1 El presente reglamento tiene por objeto promover y regular la gestion ambiental, la conservacion y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, asi como regular los instrumentos de gestion ambiental, los procedimientos y medidas de proteccion ambiental aplicables a estas. Articulo 2º.- Finalidad 2.1 El presente reglamento tiene por finalidad propiciar el desarrollo sostenible de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno en el MORDAZA del Plan Nacional de Diversificacion Productiva y la Politica Nacional del Ambiente. Articulo 3°.- Ambito de aplicacion 3.1 Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y en sus normas complementarias, deben ser aplicadas por el PRODUCE, los Gobiernos Regionales y Locales, y por los titulares que pretendan ejecutar o ejecuten actividades de la industria manufacturera o de comercio interno, en el territorio nacional. 3.2 Los Gobiernos Regionales y Locales ejerceran las funciones ambientales previstas en el presente Reglamento, cuando estas MORDAZA transferidas en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion. Articulo 4°.- Mencion a referencias 4.1 Cualquier mencion en el presente Reglamento a: 1.Ley del Procedimiento Administrativo General, se entendera que esta referida a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.Ley del SEIA, se entendera que esta referida a la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental. 3.Ley General del Ambiente, se entendera que esta referida a la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. 4. Ley MORDAZA del SNGA, se entendera que esta referida a la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental. 5.Listado de Proyectos de Inversion sujetos al SEIA, se entendera referido al Listado de Inclusion de los Proyectos de Inversion sujetos al SEIA, establecido en el Anexo II del Reglamento de la Ley del SEIA, actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 157-2011-MINAM, asi como sus posteriores actualizaciones. 6.MINAM, se entendera que esta referido al Ministerio del Ambiente.

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