Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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re = Tasa de riesgo MORDAZA, mide el riesgo medio asociado a las inversiones realizadas en un MORDAZA en concreto a traves del Indice de Bonos de MORDAZA Emergentes (EMBIG), considerando la mediana (percentil 50) durante un periodo de tiempo historico de minimo de 10 anos y un MORDAZA de 15 anos. n i = Numero de anos de duracion de la servidumbre = Interes legal expresado en tanto por uno en MORDAZA soles o dolares, que se obtiene de la mediana (percentil 50) sobre la base de un horizonte temporal minimo de 10 anos y un MORDAZA de 15 anos. = Factor de ajuste por periodo de anos, cuyo valor comercial del predio sea superior a 28 UIT. Ajuste por ano (n)

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

k

Periodo (anos) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 a 99

K 0,20 0,30 0,40 0,50 0,60 0,70 0,80 0,90 0,95 1,00

disponiendo asimismo, entre otros, que el Titulo V referido al Regimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador se aplica una vez que entren en vigencia las normas reglamentarias de dichas materias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM se aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, cuya Undecima Disposicion Complementaria Transitoria dispone que el titulo correspondiente al regimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (03) meses de publicado dicho dispositivo, es decir a partir del 14 de setiembre de 2014; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-2014VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, estableciendo su estructura organica, sus funciones y el regimen laboral de sus servidores sujetos a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 hasta la implementacion de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; Que, a efectos de contar con un documento de gestion que regule las labores que desarrollan los funcionarios y servidores del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sujetos a los regimenes laborales establecidos en los Decretos Legislativos Nos. 276, 728, 1057 y en la Ley Nº 30057, a quienes, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se les denominara servidores civiles, es necesario aprobar el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que consta de catorce (14) Capitulos, ciento siete (107) articulos, una (01) Disposicion Complementaria Transitoria, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, y cinco (05) Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 0412010-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la Resolucion de Secretaria General Nº 063-2003-VIVIENDA-SG que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia, modificado por la Resolucion de Secretaria General Nº 021-2011-VIVIENDA-SG; la Resolucion de Secretaria General Nº 039-2009/VIVIENDA-SG, que aprueba la Directiva Nº 006-2009-VIVIENDA/SG "Lineamientos para el cumplimiento de las obligaciones y beneficios de las personas contratadas bajo el regimen especial de contratacion administrativa de servicios en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, modificada por Resolucion de Secretaria General Nº 028-2011-VIVIENDASG. Articulo 3.- Disponer que la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos difunda el Reglamento Interno que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial, a los servidores civiles del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4.- Disponer que la Oficina General de Estadistica e Informatica realice la publicacion del Reglamento Interno aprobado por el articulo 1, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Para valor comercial del predio inferior a 28 UIT se usara un factor k igual a uno (k = 1,00), para todo el periodo. En el caso de actividades economicas especificas no contempladas en el presente articulo, el perito valuador podra aplicar factores k distintos a los tabulados, debidamente sustentados". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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Aprueban Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 398-2014-VIVIENDA
MORDAZA, 10 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Informes Nros.033 y 039-2014/VIVIENDA/ OGGRH y el Memorando Nº 578-2014/VIVIENDAOGGRH de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone en el literal a) de su Novena Disposicion Complementaria Final, que a partir del dia siguiente de su publicacion son de aplicacion inmediata a los servidores civiles en los regimenes de los Decretos Legislativos Nos. 276 y 728, las disposiciones sobre el articulo III del Titulo Preliminar, referido a los Principios de la Ley del Servicio Civil, el Titulo II, referido a la Organizacion del Servicio Civil; y el Capitulo VI del Titulo III, referido a los Derechos Colectivos;

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