Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

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Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA el Permiso de Operacion para realizar Otras Actividades Aeronauticas ­ Aerodeportivo con Ultraligeros de acuerdo al inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, por el plazo de un (01) ano contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronauticas ­ Aerodeportivo con Ultraligeros. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - PARA TRIKE POWER 2 FLY Modelo FENIX Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA deben adecuarse a lo senalado por las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP N° 103. Articulo 3°.- El presente permiso de operacion que se otorga al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no autoriza la realizacion de actividades comerciales. Articulo 4º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores. Articulo 5º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 6°.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 7º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley N° 27261 y su Reglamento, la Regulacion Aeronautica del Peru; y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e)

se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Otorgan a persona natural Permiso de Operacion para realizar Otras Actividades Aeronauticas Aerodeportivo con Ultraligeros de acuerdo a la Ley de Aeronautica Civil
RESOLUCION DIRECTORAL N° 400-2014-MTC/12
MORDAZA, 29 de agosto del 2014 Vista la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre Permiso de Operacion respecto de Otras Actividades Aeronauticas ­ Aerodeportivo con Ultraligeros; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2014-008646 del 07 de febrero del 2014 y Documento de Registro N° 2014-008646-A del 21 de marzo del 2014 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Permiso de Operacion para realizar Otras Actividades Aeronauticas ­ Aerodeportivo con Ultraligeros; Que, segun los terminos del Memorando Nº 0602014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando N° 523-2014MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil, Memorando N° 3122014-MTC/12.07.CER y Memorando N° 366-2014MTC/12.07.CER emitidos por el Coordinador Tecnico de Certificaciones e Informes Nº 210-2014-MTC/12.07 y N° 300-2014-MTC/12.07 emitidos por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, el articulo 171° del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil aprobado por Decreto Supremo N° 0502001-MTC senala que el cumplimiento de los requisitos exigidos para solicitar una autorizacion para realizar actividades de aviacion civil, no obliga necesariamente a su otorgamiento en los terminos solicitados cuando existan razones tecnicas que los justifiquen; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General;

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Autorizan a la empresa Metropolis Car S.A.C., la modificacion de la R.D. Nº 3329-2013-MTC/15, variando la ubicacion de su local en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4293-2014-MTC/15 MORDAZA, 21 de octubre de 2014

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