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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (13/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014 537553 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban “Protocolos de Actuación Conjunta” relacionados a medidas limitativas de allanamiento, impedimento de salida, intervención o grabación de registro de comunicaciones telefónicas o de otras formas de comunicación y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0243-2014-JUS Lima, 12 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios Nº 631-2014-JUS/DM, Nº 632- 2014-JUS/DM, Nº 633- 2014-JUS/DM, del Despacho Ministerial de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, los Equipos Técnicos Interinstitucionales del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos han elaborado cuatro “Protocolos de Actuación Conjunta” relacionados a medidas limitativas de allanamiento, impedimento de salida, intervención o grabación de registro de comunicaciones telefónicas o de otras formas de comunicación y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, con la fi nalidad de facilitar la labor de las instituciones encargadas de la investigación y persecución del delito; Que, la lucha contra la delincuencia exige un trabajo coordinado entre las instituciones responsables de la defensa de la legalidad y los derechos ciudadanos, así como de los encargados de la custodia de los intereses del Estado y el orden público, específi camente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la fi nalidad de propiciar un clima de seguridad ciudadana y la protección del Estado de Derecho; Que, en tal sentido, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Ministerio Público mediante Resolución Administrativa Nº 134-2014-CE-PJ y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1502-2014-MP-FN, respectivamente, aprobaron los mencionados documentos de gestión, con la fi nalidad de facilitar la labor de dichas instituciones en la investigación y persecución del delito; Que, habiendo sido advertidos algunos problemas referidos a la aplicación práctica y operativa en la ejecución de determinadas medidas limitativas de derechos, tales como de allanamiento, intervención de las telecomunicaciones, entre otras, se consideró necesario conformar Equipos Técnicos Interinstitucionales para realizar revisiones a los mencionados “Protocolos de Actuación Conjunta”; Que, los mencionados Equipos Técnicos Interinstitucionales, en la reunión de fecha 24 de agosto de 2014, acordaron absolver las modifi caciones propuestas, formulando la correspondiente propuesta de “Protocolos de Actuación Conjunta”; Que, el derecho a la defensa pública se encuentra reconocido en el numeral 16 del artículo 139º de la Constitución Política del Perú, constituyendo un principio de la función jurisdiccional la gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos y para todos, en los casos que la ley señala; Que, en ese sentido, resulta procedente aprobar los referidos documentos, a fi n que los Defensores Públicos penales y Procuradores Públicos cuenten con una herramienta de gestión práctica que evitará desfases, vacíos o defi ciencias en la aplicación de los principales métodos de investigación criminal, lo que permitirá estandarizar la labor de estos a nivel nacional en los diversos procedimientos necesarios para una actuación efi ciente y efi caz; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011- 2012 -JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los “Protocolos de Actuación Conjunta” relacionados a las medidas limitativas de allanamiento, impedimento de salida, intervención o grabación de registro de comunicaciones telefónicas o de otras formas de comunicación y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia la difusión y comunicación del contenido de los referidos instrumentos de gestión a los Defensores Públicos y a los Procuradores Públicos a nivel nacional. Artículo 3°.- Disponer que el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal y la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, desarrolle programas de capacitación dirigidos a los Defensores Públicos, con cargo al presupuesto institucional, con la fi nalidad de desarrollar las competencias necesarias a efectos de dar cumplimiento efi caz y efi ciente de los “Protocolos de Actuación Conjunta”. Artículo 4°.- Publicar en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe) la presente Resolución Ministerial y los “Protocolos de Actuación Conjunta”. Artículo 5°.- Remítase copia de la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, al Fiscal de la Nación, al Ministro del Interior, a la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, a la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, a las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, a la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado y al Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1163406-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 395-2014-MIMP Lima, 11 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 185-2014- MIMP se designó al señor Juan Raúl Cavero Aybar en el cargo de Director II de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;