Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2014 (25/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 25 de noviembre de 2014

538305
Contratacion por Convenio de Cooperacion Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos, que las Instituciones Armadas deberan tomar conocimiento de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno con la finalidad de acogerse a los beneficios y ventajas que generan este MORDAZA de contrataciones; Que, asimismo, el literal b) del numeral MORDAZA referido, establece que para iniciar una contratacion por Convenio de Cooperacion Internacional de Gobierno a Gobierno, esta debe estar incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de cada Institucion y contar con el Expediente de Inicio debidamente aprobado por el Titular de la misma; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru ha remitido el Expediente de Inicio para la contratacion en el MORDAZA extranjero, bajo la modalidad de Convenio de Cooperacion Internacional de Gobierno a Gobierno, para la adquisicion de TRES (3) Helicopteros de aprovisionamiento logistico, correspondiente al proyecto de inversion publica "Creacion del servicio de reaprovisionamiento Logistico en alta mar para Unidades Navales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru", con codigo SNIP Nº 256576, la cual cuenta con el respectivo financiamiento y se encuentra incluida en el PAC Nº 1681 de la citada Institucion Armada, correspondiente al ano 2014; Que, la referida adquisicion forma parte del elemento aeronaval embarcado en el Buque de Reaprovisionamiento Logistico, por lo que contribuira a incrementar las capacidades logisticas del mismo en las Operaciones de Reaprovisionamiento Logistico en las Unidades Navales de la Fuerza de Superficie de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; asimismo, permitira proporcionar el apoyo requerido a poblaciones en caso de desastres naturales o ayuda humanitaria internacional; Que, la presente contratacion se sustenta en el correspondiente Estudio de MORDAZA y en los Informes Tecnico-Economico y presupuestal, a traves de los cuales se verifican las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado, asi como el financiamiento necesario para efectuar dicha contratacion, en observancia de lo dispuesto en la Trigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, habiendose cumplido con las exigencias de la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto que declare de interes nacional la presente contratacion en el MORDAZA extranjero y permita su formalizacion bajo la modalidad de gobierno a gobierno, debiendo autorizarse al Ministro de Defensa a emitir los actos que MORDAZA necesarios para lograr tal fin; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158 , Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- DECLARAR de interes nacional el objeto del MORDAZA de contratacion en el MORDAZA extranjero para la adquisicion de TRES (3) Helicopteros de aprovisionamiento logistico en altamar para Unidades Navales de la Fuerza de Superficie de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, correspondiente al proyecto de inversion publica "Creacion del servicio de reaprovisionamiento Logistico en alta mar para Unidades Navales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru", con codigo SNIP Nº 256576, bajo la modalidad de convenio de cooperacion internacional de gobierno a gobierno, conforme al sustento indicado en la parte considerativa. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Ministro de Defensa a emitir los actos necesarios para la formalizacion de la contratacion indicada en el articulo precedente. Articulo 3º.- El Anexo A (Estudio de Mercado), el Anexo B (Informe Tecnico Economico) y Anexo C (Disponibilidad Presupuestal), los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo, tienen la clasificacion de Secreto al comprender informacion directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal f) del numeral 1 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, no son objeto de publicacion ni acceso publico.

DEFENSA
Declaran de interes nacional el objeto del MORDAZA de contratacion en el MORDAZA extranjero para la adquisicion de Helicopteros de aprovisionamiento logistico en altamar para Unidades Navales de la Fuerza de Superficie de la MORDAZA de MORDAZA del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 014-2014-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 165º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica, en funcion de los objetivos de la Politica de Defensa Nacional; Que, en el MORDAZA parrafo del articulo 76º de la Constitucion Politica del Peru, referido a la obligatoriedad de la Contratacion y Licitacion Publica, se dispone que: "la ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades"; Que, la Trigesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, precisa que las contrataciones del Estado Peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1017 (Ley de Contrataciones del Estado); asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la citada ley, el procedimiento de contratacion y la ejecucion del contrato correspondiente, se regula bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligacion de cumplir con la legislacion nacional en los actos previos a la contratacion; Que, el indicado dispositivo precisa ademas que mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector, se declara de interes nacional el objeto de la contratacion y se autoriza la formalizacion de los actos necesarios, para lo cual se requiere: i) estudio de mercado; ii) los informes tecnico-economicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) un informe de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que senale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratacion, salvo que se requiera concertar una operacion de endeudamiento, en cuyo caso, la misma debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del ano respectivo; y, iv) declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), cuando corresponda; Que, mediante Informe Nº 255-2014-EF/62.01 del 24 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas ha senalado que la citada Disposicion Complementaria se mantiene vigente al no contener materia presupuestal; Que, las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero en el Sector Defensa se rigen por la Directiva General Nº 002-2011-MINDEF/SG/VRD, "Directiva para normar las contrataciones de bienes y servicios en el MORDAZA extranjero" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 193-2011-DE/SG de 4 de marzo de 2011, y sus modificatorias, asi como por el Manual Nº 001-2011MINDEF/SG/VRD, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 767-2011/DE de 27 de MORDAZA de 2011, el cual establece los procedimientos especificos y complementarios derivados de los lineamientos generales; Que, el Capitulo III, numeral 3), literal a), del Manual Nº 001-2011-MINDEF/SG/VRD, establece respecto de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.