Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2014 (25/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 25 de noviembre de 2014

538311
A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles Gobierno Central 137 : Instituto de Gestion de Servicios de Salud

OP/MINSA de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que los recursos necesarios para tal fin no han sido previstos por el citado pliego en el presupuesto institucional del ano fiscal 2014; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", el monto a transferir a favor de los pliegos Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los Gobiernos Regionales asciende a la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 594 000,00), para el financiamiento del pago de las valorizaciones priorizadas por atencion primaria de salud y atencion especializada dispuestas con el Decreto Supremo N° 302-2014-EF, para los meses de noviembre y diciembre del ano en curso, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 302-2014-EF; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados para atender el requerimiento senalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 594 000,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, por la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 594 000,00), a favor de los pliegos Instituto de Gestion de Servicios de Salud y Gobiernos Regionales, a fin de atender el requerimiento senalados en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5000005 : Gestion de Recursos Humanos 1 : Recursos Ordinarios 570 000,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales SECCION MORDAZA PLIEGO ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

5000005 : Gestion de Recursos Humanos 1 : Recursos Ordinarios 5 024 000,00 -----------------5 594 000,00 ==========

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas a favor del Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los Gobiernos Regionales, a nivel de pliegos y unidades ejecutoras, se encuentra en el Anexo "Costo de las compensaciones y entregas economicas para organismos publicos del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1153" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob. pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios 5 594 000,00 -----------------5 594 000,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS

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