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El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014 538565 conforme obra en el Libro de Grados y Títulos Nº 11, inscrita en el folio Nº 426, con Resolución Nº CU-1807- 2003-GT, de fecha 08 de julio de 2003; Que, asimismo obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 02 de setiembre de 2014; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 23 de setiembre de 2014, se puso a consideración del pleno la petición presentada por doña: Sabina Saraya Sinsaya, solicitando duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Educación - PROCAM de la Facultad de Educación, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo solicitado, Ley 30114 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el la SRA. SABINA SARAYA SINSAYA, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial- PROCAM, de la Facultad de Educación de la Institución en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Doña: SABINA SARAYA SINSAYA, confi riéndole el Grado Académico de Bachiller en Educación a través del Programa de Complementación Académica Magisterial-PROCAM, de la Facultad de Educación de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el Diploma a que se refi ere el numeral segundo de la presente resolución, se consignará en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para el registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1169249-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION Nº CU-248-2014-UNSAAC Cusco, 26 de setiembre de 2014 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 430002, presentado por el señor Héctor Erick Somocurcio Alarcón, solicitando duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil por motivo de deterioro; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, mediante el expediente del Visto, el administrado solicita la emisión de duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil, por motivo de deterioro, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 5º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia Expedida por Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 3) Copia Certifi cada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil; 4) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 5) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma; 6) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad y 7) Diploma deteriorado o mutilado, según sea el caso; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 28-2014-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaria General de la UNSAAC, informa que habiendo revisado la Base de Datos, se encuentra que don: Héctor Erick Somocurcio Alarcón, ha optado el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil conforme obra en el Libro de Grados y Títulos Nº 2, inscrito en el folio Nº 64 con Resolución Nº R-75-75, de fecha 01 de diciembre de 1975; Que, asimismo obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 19 de agosto de 2014; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 23 de setiembre de 2014, se puso a consideración del pleno la petición presentada por don: Héctor Erick Somocurcio Alarcón, solicitando duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil de la Facultad de Ingenieria Civil, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo solicitado, Ley 30114 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el la señor HECTOR ERICK SOMOCURCIO ALARCON, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi rió el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil, de la Facultad de Ingenieria Civil de la Institución en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE DETERIORO a favor de Don: HECTOR ERICK SOMOCURCIO ALARCON, confi riéndole el Grado Académico de Bachiller en Ingenieria Civil de la Facultad de Ingenieria Civil de la UNSAAC, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el Diploma a que se refi ere el numeral segundo de la presente resolución, se consignará en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para el registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1169249-2