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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (03/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Viernes 3 de octubre de 2014 534032 VISTO, el Ofi cio Nº 2996-2014-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 antes citado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia; Que, mediante Resolución Suprema N° 203-2011- JUS, de fecha 15 de noviembre de 2011, se designó al abogado Luis Alberto Tapia Soriano como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción; Que, mediante Ofi cio Nº 009-2014-LTS, de fecha 25 de agosto de 2014, el señor abogado Luis Alberto Tapia Soriano, presentó renuncia al cargo de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción; Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia del señor abogado Luis Alberto Tapia Soriano, al cargo de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del abogado Luis Alberto Tapia Soriano como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1145999-9 Designan Procurador Público Adjunto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2014-JUS Lima, 2 de octubre de 2014 VISTO, el Ofi cio Nº 2814-2014-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 13.1 del artículo 13º de la citada norma, dispone que los Procuradores Públicos Adjuntos están facultados para ejercer la defensa jurídica del Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el Procurador Público, contando con las mismas atribuciones y prerrogativas que el titular; Que, mediante Ofi cio Nº 1204-2014-EF/10.01, del 09 de julio de 2014, el Ministro de Economía y Finanzas, pone en consideración del Consejo de Defensa Jurídica del Estado la designación del señor abogado José Ignacio Atoche Juárez, como Procurador Público Adjunto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha acordado proponer la designación del señor abogado José Ignacio Atoche Juárez, como Procurador Público Adjunto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado José Ignacio Atoche Juárez, como Procurador Público Adjunto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ALONSO ARTURO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1146001-17 Designan Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, Lavado de Activos, Asociación Ilícita para Delinquir, Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo y Delitos Ambientales que hayan sido cometidos en la zona del Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro - VRAEM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2014-JUS Lima, 2 de octubre de 2014 VISTO, el Ofi cio Nº 3188-2014-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;