Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2014 (16/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014

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o actos que vulneren o pudieren vulnerar el derecho a la salud de la persona, la familia y la comunidad. c) Proponer normas para la proteccion del derecho a la salud de la persona humana, de la familia y de la comunidad u otras materias vinculadas con la Defensoria Regional de la Salud. d) Coordinar las mejoras en la atencion de salud por los organos y organismos que mantienen dependencia tecnica y funcional con la DIRES SM, a nivel regional. e) Actuar como defensor de los derechos de los proveedores de salud, cuando estos son vulnerados por los usuarios. f) Proponer la creacion, regular y evaluar el funcionamiento de las Defensorias de Salud en los organos y organismos que mantienen dependencia tecnica y funcional de la Direccion Regional de Salud de San Martin. g) Proveer informacion y consejeria en salud a traves de INFOSALUD, para fortalecer el ejercicio y proteccion del derecho a la salud y de acceso a la informacion. h) Realizar en el ambito de su competencia otras funciones que le asigne la alta direccion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Direccion Regional de Salud de San MORDAZA, la supervision, el cumplimiento y la implementacion de la Defensoria de la Salud de la Region San Martin. Articulo Cuarto.- La Direccion Regional de Salud de San MORDAZA y los Establecimientos de Salud de la jurisdiccion, brindaran facilidades para el desarrollo de las labores de la Defensoria de la Salud Regional, que por esta Ordenanza se implementa. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de San MORDAZA Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los nueves dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1149866-1

Que, la evolucion de las demandas, necesidades y expectativas de las personas usuarias/pacientes, frente a los sistemas de atencion sanitaria, se enmarca en un contexto mas amplio de cambio social, que promueve un modelo de autonomia de las personas y de afirmacion de sus derechos. En este sentido, los derechos de las personas en materia de salud constituyen una expresion mas de los derechos humanos, y su reconocimiento no es sino una proyeccion, en el ambito concreto de las relaciones sanitarias, de la MORDAZA como un valor superior del ordenamiento juridico y una manifestacion del respeto a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de su personalidad; Que, la problematica del sector salud, sustenta la necesidad de disenar e implementar mecanismos y desarrollar estrategias de cooperacion interinstitucional e intersectorial, a fin de aplicar un enfoque de ciudadania basada en derechos, que permita a las y los ciudadanos, el ejercicio entre otros del derecho a la salud, el cumplimiento de sus deberes, la vigilancia y participacion ciudadana, con el objeto de lograr una atencion de salud de calidad, oportuna e inmediata; Que el modelo de descentralizacion que se viene implementando, con el fin de promover el desarrollo del MORDAZA, sobre la base de un mejor aprovechamiento de recursos y potencialidades y la autonomia otorgada a los Gobiernos Regionales, constituyen el MORDAZA adecuado para impulsar el desarrollo de mecanismos que MORDAZA viable el ejercicio de derechos y deberes en salud; Que, en virtud de ello, resulta necesario la creacion de un organo responsable de la proteccion y defensa de los derechos en salud de los usuarios; y que brinde soporte a las decisiones que desde el Gobierno Regional se imparta para el cumplimiento de una adecuada Politica Regional en Salud. Esta propuesta considera que, en el esfuerzo por proteger y promover el derecho a la salud, es crucial generar mecanismos y espacios de interlocucion directa que faciliten el dialogo, el acercamiento a la realidad y la intervencion ante situaciones de eventual violacion o amenaza de vulneracion de derechos en los servicios publicos de salud; contribuyendo asimismo, a disminuir el numero de quejas en salud, que servira de base para la planificacion de las politicas en materia de proteccion de derechos; Que, mediante Informe Legal Nº 398-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 13 de agosto del presente ano, la Oficina de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA opina favorablemente sobre la propuesta de Ordenanza Regional sobre la creacion de la Defensoria de Salud en la Direccion Regional de Salud y sus Organos Desconcertados; Que, mediante Informe Legal Nº 044-2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 22 de agosto del presente ano, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional, opina que via Ordenanza Regional se cree la Defensoria de Salud en la Direccion Regional de Salud y sus Organos Desconcertados Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; mientras que el articulo 38º de la misma Ley Organica prescribe que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo MORDAZA - Tarapoto, llevado a cabo el dia 03 de Setiembre del presente ano, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la implementacion de la Defensoria de la Salud, en la Direccion Regional de Salud de San MORDAZA y sus Organos Desconcentrados. Articulo Segundo.- La Defensoria de la Salud cuya implementacion se dispone en el articulo precedente, son las instancias facultadas para: a) Promover la defensa y proteccion de los derechos, deberes y responsabilidades en salud. b) Intervenir de oficio o a solicitud de parte en los hechos

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de la MORDAZA
ORDENANZA Nº 199-2014/MLV La MORDAZA, 15 de octubre del 2014 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 013-2014-CPPPAL-CPRDE /MLV de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de la Comision Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico; y,

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