Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2014 (16/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, MORDAZA Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Tecnico y MORDAZA MORDAZA Garcia-Yrigoyen Maurtua, Intendente de Analisis Estrategico del Departamento de Analisis Estrategico, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru de la SBS, del 17 al 26 de octubre de 2014, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes aereos US$ 2 364,49 Viaticos US$ 4 860,00 MORDAZA Yumi Taba Pasajes aereos US$ 2 364,49 Viaticos US$ 4 860,00 MORDAZA MORDAZA Garcia-Yrigoyen Maurtua Pasajes aereos US$ 2 364,49 Viaticos US$ 4 860,00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1150113-1 POR CUANTO:

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria N° 09-2014-CR, de fecha 04 de setiembre del 2014, debatio el Dictamen N° 01-2014 presentada por la comision Ordinaria del MORDAZA la Juventud, Equidad de Genero, Comunidades Campesinas, para la Creacion de la Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la Region Moquegua. CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; que se rigen, entre otros, por los principios de Participacion, haciendo uso de instancias y estrategias concretas de participacion ciudadana en las fases de formulacion, seguimiento, fiscalizacion y evaluacion de la gestion de gobierno y de la ejecucion de los planes, presupuestos y proyectos regionales; de Inclusion, desarrollando politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural, de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado; y, de Equidad, como un componente constitutivo y orientador de la gestion regional; mediante el cual promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial por la gestion regional; Que, mediante Informe N° 160-2014-LCRA/OREDIS/ GRDS-GRM, se sustenta la creacion de la "Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad", en la generacion de espacios de toma de decisiones, donde participen instituciones del Estado y la sociedad civil, con el fin de concertar, sobre la mas transparente, MORDAZA y eficiente lucha contra la pobreza y especialmente contra la exclusion de grupos vulnerables como son las personas con discapacidad; hecho que permitira mejorar el acceso a la informacion, contenidos, avances de la gestion publica en la implementacion de proyectos y programas que favorezcan a las personas con discapacidad; Que, de acuerdo con la Convencion de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la cual Peru es parte, los Estados que son Parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminacion alguna por motivos de discapacidad; precisando en su articulo 33º e Inciso 3, que la sociedad civil, y en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, estaran integradas y participaran plenamente en todos los niveles del MORDAZA de seguimiento al cumplimiento de la Convencion de naciones unidas sobre personas con discapacidad; Que, nuestro ordenamiento juridico nacional contempla una serie de leyes en materia de discapacidad tales como: la Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por Ley 28164; la Ley N° 27751, Ley que elimina la discriminacion de las personas con discapacidad por deficiencia intelectual y/o fisica en programas de salud y alimentacion a cargo del Estado; la Ley 27471, Ley de Uso de Medios Visuales Adicionales en Programas de Television y de Servicio Publico por Cable para Personas con Discapacidad por Deficiencia Auditiva; la Ley N° 27408, Ley que establece la atencion preferente a las mujeres embarazadas las ninas, ninos, los adultos mayores y las personas con discapacidad, en los lugares de atencion publica, ampliada con la ley N° 28735, que incluye aeropuertos, aerodromos, terminales terrestres, ferroviarios, maritimos, fluviales y medios de transportes; la Ley N° 28530, Ley de promocion de acceso a Internet para personas con discapacidad y de adecuacion del espacio fisico en cabinas publicas de Internet; la Ley 28084, Ley que regula el Parqueo especial para vehiculos ocupados por personas con discapacidad, entre otras; Que, la Ley Nº 27050, modificada por Ley Nº 28164, en su articulo 2 define a la persona con discapacidad senalando como aquella que tiene una o mas deficiencias evidenciadas con la perdida significativa de alguna o

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean la "Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la Region Moquegua"
ORDENANZA REGIONAL N° 06-2014-CR/GRM Fecha: 4 de setiembre del 2014

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