Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2014 (16/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014

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VISTOS: En Sesion Extraordinaria Nº 15-2014-CR/ GR.M, de fecha 25 de Setiembre del 2014, el Dictamen Nº 027-2014-COPPDT/GRM, sobre aprobacion de Exoneracion de los MORDAZA de Seleccion por unico proveedor, presentado por la Comision Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado con la Ley Nº 28607, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; con jurisdiccion en el ambito de la circunscripcion del Departamento de MORDAZA, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional; Que, la Ley de Contratacion Publica ha previsto la posibilidad de que, en determinados supuestos taxativamente establecidos, las Entidades puedan exonerarse de la obligacion de realizar un MORDAZA de seleccion para determinar al proveedor con el que celebraran contrato, contratandolo directamente dichos supuestos se encuentran establecidos en el articulo 20º de la LCE y constituyen las causales de exoneracion de la obligacion de realizar un MORDAZA de seleccion para llevar a cabo la contratacion entre estas causales se encuentra la de "proveedor unico de bienes o servicios"; Que, el literal e) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo 1017 y modificado mediante Ley Nº 29873; establece que estan exoneradas de la obligacion de realizar un MORDAZA de seleccion aquellas contrataciones en las que "(...) exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos intelectuales se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; Que, el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF; modificado mediante Decreto Supremo 138-2012 EF; precisa que "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Tambien se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; Que, frente a la solicitud de la adquisicion de libros alto a los desastres, conforme a los terminos de la referencia presentada por el area usuaria, mediante Informe Tecnico Nº 43-2014-RHG-RO/GRNGMA/GRM y el informe Nº 1467-2014-DLSG-DRA/GR.MOQ de la Directora de Logistica, se establece que de acuerdo al Estudio que Ofrece el MORDAZA, se comprueba que existe proveedor unico a nivel nacional, siendo un servicio que no admite sustituto, relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se ha establecido la exclusividad del proveedor, habiendo sido determinado en el cuadro comparativo, como unico proveedor a la empresa UMBRAL EDICIONES S.A.C., habiendo suscrito un contrato con los autores MORDAZA Kuroiwa Horiuchi, MORDAZA MORDAZA Pachecho y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de cesion de derechos de publicacion Editorial por un periodo de 5 anos, contabilizados a partir del dia 03 de Noviembre del ano 2009, con una vigencia hasta el 03 de Noviembre del 2014, como consta en su solicitud de cotizacion; Que, la exoneracion frente a un servicio que no admite sustitutos, en funcion a un MORDAZA determinado, constituye un imposible fisico y/o juridico hallar mas de un proveedor, siendo considerado que existe proveedor unico por razones relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual de acuerdo al Certificado de Registro de Obras Literarias ante INDECOPI, de fecha 13 de Junio del ano 2014, con numero de partida Registral Nº 00749-2014, Asiento 01; Que, mediante Informe Legal Nº 091-2014-MMPFDRAJ/GR.MOQ, 146-2014-MMPF-DRAJ/GR.MOQ, se emite opinion Legal favorable, por tal motivo corresponde viabilizar la aprobacion de exoneracion del MORDAZA de seleccion en consecuencia en aplicacion del literal e) del articulo 20º de la LCE en concordancia con el articulo

- Convocar a la Mesa Regional de Lucha contra las Drogas en la Region MORDAZA para establecer las coordinaciones interinstitucionales vinculadas a la implementacion y evaluacion del PRPTDRM. - Elaborar anualmente, en coordinacion con la Mesa Regional de Lucha contra las Drogas, un plan de implementacion del PRPTDRM en correspondencia con sus objetivos estrategicos, resultados y lineas de accion. El plan de implementacion debera contener actividades, responsables y metas anuales. - Actualizar la informacion del PRPTDRM. - Recolectar, sistematizar y reportar la informacion asociada a los indicadores del PRPTDRM. - Elaborar anualmente dos informes semestrales de avance sobre la implementacion del PRPTDRM. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion Regional de Educacion MORDAZA y Direccion Regional de Salud MORDAZA, en el MORDAZA de sus competencias, den cumplimiento de las actividades y metas establecidas en el plan de implementacion anual del PRPTDR. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la coordinacion, seguimiento y gestion de recursos financieros para la Gerencia de Desarrollo Social y Direcciones Regionales de Educacion y Salud para el adecuado cumplimiento de actividades y metas de su responsabilidad en el MORDAZA de la implementacion y evaluacion del PRPTDR. Articulo Quinto.- CONFORMAR un equipo de coordinacion del PRPTDR al interior del Gobierno Regional integrado por la Gerencia de Desarrollo Social, Direccion Regional de Salud, Direccion Regional de Educacion y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. La coordinacion de este equipo estara a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social. Este equipo de coordinacion tendra las siguientes funciones: - Coordinar de forma articulada las diversas actuaciones preventivas, terapeuticas y de gestion publica vinculadas a la implementacion y evaluacion del PRPTDR. - Coordinar de forma conjunta la demanda y gestion presupuestal tomando como referencia los resultados, actividades y metas de responsabilidad institucional en el MORDAZA de la implementacion del PRPTDR. - Elaborar anualmente dos informes semestrales de avance sobre los procesos y logros alcanzados. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado a los 04 dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los diez dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1150535-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de libros de caracter educativo
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 104-2014-CR/GRM Fecha: 25 de setiembre del 2014

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