Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2014 (16/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 16 de octubre de 2014

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ANEXO Nº 02 7 Cancelar de oficio o a solicitud de parte, la inscripcion de las organizaciones politicas de acuerdo a ley 8 Expedir certificados, copias y otros documentos relacionados con la Direccion de Registro de Organizaciones Politicas, asi como tambien absolver consultas y emitir opinion tecnica en materia de su competencia, tanto en periodo electoral como no electoral; 9 Proponer al organo competente, proyectos de inversion publica, para ser financiados con recursos de la institucion o de MORDAZA cooperantes; 10 Custodiar y mantener en buen estado el acervo documentario, equipamiento, mobiliario y materiales de trabajo, asignados al area; 11 Proponer al organo competente, politicas, directivas, procedimientos y demas instrumentos de normativa interna en el ambito de su competencia, que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; 12 Velar por el cumplimiento de los objetivos especificos de su competencia, establecidos en el Plan Estrategico Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones y; ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia; 13 Coordinar permanentemente con los otros organismos que conforman el Sistema Electoral; y con las unidades organicas del JNE, en el ambito de sus competencias, la implementacion de mejoras para la optimizacion del MORDAZA de inscripcion de organizaciones politicas a nivel nacional. 14 Coordinar con el organo que corresponda, la participacion institucional, en eventos orientados a la difusion de la normativa de caracter registral-electoral; y del fortalecimiento del sistema de partidos politicos. 15 Formular a la Alta Direccion, propuestas sobre modificaciones al MORDAZA legal que rige la inscripcion de Organizaciones Politicas orientado a su optimizacion, con el fin de fortalecer el sistema Electoral. 16 Coordinar con la unidad organica que corresponda, la formulacion de propuestas para programas de capacitacion y formacion en materia registral, orientados al fortalecimiento del sistema de partidos politicos en el MORDAZA de la democracia representativa, dirigidos a las organizaciones politicas a nivel nacional. 17 Brindar asesoria permanente sobre principales lineamientos y normativa en materia registral-electoral a las organizaciones politicas en el MORDAZA del fortalecimiento de la democracia 18 Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones" 1149533-1

MODIFICACION PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES Modificacion del numeral 7 del Articulo 7, del Articulo 18, Articulos 53º y 54º, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 7º ESTRUCTURA ORGANICA Para el cumplimiento de sus funciones, la estructura organica del MORDAZA Nacional de Elecciones es la siguiente: (..) 7. Organos de Linea - Escuela Electoral y de Gobernabilidad - Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico - Unidad de Cobranza Coactiva - Direccion General de Recursos y Servicios - Logistica - Servicios al Ciudadano - Contabilidad - Recursos Humanos - Tesoreria - Direccion General de Planeamiento, Innovacion y Desarrollo - Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas - Direccion Nacional de Educacion y Formacion Civica Ciudadana - Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales" "Articulo 18º Para el cumplimiento de sus funciones, la Presidencia, tiene a su cargo las siguientes areas: - Direccion Central de Gestion Institucional - Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas - Procuraduria Publica - Oficina de Comunicaciones Oficina de Cooperacion y Relaciones Internacionales" "Articulo 53º La Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas es la unidad organica de linea que depende de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, encargada de planificar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y ejecutar las actividades de administracion del Registro de Organizaciones Politicas de acuerdo a ley" "Articulo 54º Las funciones de la Direccion Nacional de Registro de Organizaciones Politicas son. 1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar permanentemente, el cumplimiento de las politicas objetivos, estrategias, metas, funciones y acciones institucionales, en el ambito de su competencia. 2. Formular y ejecutar el Plan Operativo del Registro de Organizaciones Politicas y proponer su presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por los organos competentes; 3. Registrar, a nivel nacional, la inscripcion de las organizaciones politicas, alianzas electorales y fusion de Partidos Politicos de acuerdo a ley. 4. Administrar el libro del registro de inscripciones de partidos politicos, de acuerdo a ley, garantizando su integridad, disponibilidad y seguridad a nivel nacional y en forma permanente 5 Administrar los libros especiales del registro de inscripciones de los movimientos regionales y organizaciones politicas locales de acuerdo a ley, garantizando su integridad, disponibilidad y seguridad en forma permanente. 6 Resolver en primera instancia la tacha presentada contra la solicitud de inscripcion de las organizaciones politicas.

MINISTERIO PUBLICO
Designan fiscal para que en adicion a sus funciones se desempene como Coordinador Nacional de las Fiscalias Especializadas contra la Criminalidad Organizada
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 4326 -2014-MP-FN MORDAZA, 15 de octubre del 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante la Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 084-2014-MP-FN-JFS y la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 3834-2014-MP-FN, se convirtieron Despachos de las Fiscalias Especializadas contra la Criminalidad Organizada; Por oficio Nº 1485-2014-FSC-FECOR-MP-FN del 9 de octubre de 2014, el senor Fiscal Superior Titular de la Primera Fiscalia Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada, solicita se designe

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