Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2014 (21/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 21 de setiembre de 2014

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del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comision de servicios, del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Tecnico de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que ejecuten la extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA Gaviria MORDAZA, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas agravado (a titulo de jefe, dirigente o cabecilla y por gran cantidad de clorhidrato de cocaina) en perjuicio del Estado Peruano, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2014. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Dias Personas T/C Total S/. Viaticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.853 10,556.10

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadana peruana al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2014-JUS MORDAZA, 19 de setiembre de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 117-2014/COE-TC, del 27 de agosto de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana de la ciudadana peruana MORDAZA DEL MORDAZA EZCURRA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en delitos cometidos por Funcionarios Publicos de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 18 de MORDAZA de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA DEL MORDAZA EZCURRA MORDAZA MORDAZA, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica ­ Peculado Doloso, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 76-2014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 117-2014/COE-TC, del 27 de agosto de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 28 de junio de 1989 y su Enmienda vigente desde el 09.07.2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA DEL MORDAZA EZCURRA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en delitos cometidos por Funcionarios Publicos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica ­ Peculado Doloso, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiera el articulo 1º de la presente debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1140562-9

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