NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)
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TEXTO PAGINA: 31
El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533045 del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar Oviedo Dulanto y del Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Eduardo Jaime Roque Palomino, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Jaime Gaviria Vásquez, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas agravado (a título de jefe, dirigente o cabecilla y por gran cantidad de clorhidrato de cocaína) en perjuicio del Estado Peruano, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2014. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.853 10,556.10 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi era el artículo 1º de la presente deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1140562-9 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana al Reino de España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2014-JUS Lima, 19 de setiembre de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 117-2014/COE-TC, del 27 de agosto de 2014, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España de la ciudadana peruana MARÍA DEL CARMEN EZCURRA RODRÍGUEZ PASTOR, formulada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en delitos cometidos por Funcionarios Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 18 de julio de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana MARÍA DEL CARMEN EZCURRA RODRÍGUEZ PASTOR, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Peculado Doloso, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 76-2014); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 117-2014/COE-TC, del 27 de agosto de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid, el 28 de junio de 1989 y su Enmienda vigente desde el 09.07.2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana MARÍA DEL CARMEN EZCURRA RODRÍGUEZ PASTOR, formulada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Especializado en delitos cometidos por Funcionarios Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Peculado Doloso, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el