Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

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Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del pais; asi como brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz; resulta procedente la peticion que se formula. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 122-2015 de la setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; de conformidad con el informe del senor MORDAZA MORDAZA, quien no interviene por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio Capuli Alto, comprension del Centro Poblado San MORDAZA de Lacamaca; con competencia ademas en los Caserios Capuli Tres, Capuli El MORDAZA, El Barrio Amazonas y Capuli Bajo; Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del organo jurisdiccional materia de creacion son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1220017-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 032-2015-CE-PJ MORDAZA, 4 de febrero de 2015 VISTO: El Oficio N° 52-2014-P-CED-CSJCU-PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en merito del informe elaborado por el Coordinador de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por autoridades y pobladores del Centro Poblado Chillca, propone la creacion de un Juzgado de Paz en la mencionada localidad, Distrito de Pitumarca, Provincia de Canchis, Departamento y Distrito Judicial de Cusco. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir organos jurisdiccionales; modificar sus ambitos de competencia territorial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las politicas

de Justicia de MORDAZA, como Coordinadora Nacional del Programa Justicia en tu Comunidad. Tercero. Que teniendo en consideracion la adecuada labor realizada por la mencionada jueza en la coordinacion del referido programa, resulta importante para la institucion que continue desarrollandola en el presente ano. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en merito a la Resolucion Administrativa N° 037-2011-CE-PJ, de fecha 26 de enero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Matamala, Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, actualmente Jueza Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, como Coordinadora Nacional del Programa Justicia en tu Comunidad para el ano 2015. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial, y a la jueza designada, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1220017-1

Crean Juzgados de Paz en el Caserio Capuli Alto y Centros Poblados Chillca, MORDAZA de Oro y Rambran, en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 031-2015-CE-PJ MORDAZA, 4 de febrero de 2015 VISTO: El Oficio N° 381-2014-P-ODAJUP-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en merito del informe elaborado por el Coordinador de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y la solicitud presentada por autoridades y pobladores del Caserio Capuli Alto, propone la creacion de un Juzgado de Paz en la mencionada localidad, comprension del Centro Poblado San MORDAZA de Lacamaca, Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, concluyen que es factible la creacion del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir organos jurisdiccionales; modificar sus ambitos de competencia territorial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder

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