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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (08/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Miércoles 8 de abril de 2015 550229 c) Que, de otro lado, las Salas Superiores de la Provincia de Huánuco, Corte Superior de Justicia de Huánuco, tienen competencia para atender los procesos judiciales provenientes de la Provincia de Huacaybamba, razón por la cual los pobladores de ésta provincia tienen que trasladarse a la Provincia de Huánuco para seguir el avance de sus respectivos procesos a nivel de Sala Superior, recorriendo para ello una distancia aproximada de 293 Km., durante 10 horas de viaje a un costo de S/. 160.00; sin embargo, se observa que la distancia aproximada entre las provincias de Huacaybamba del Departamento de Huánuco y la de Huari del Departamento de Ancash, es de 90 Km., siendo el tiempo de viaje estimado de 5 horas y el costo de S/. 60.00; razón por la cual resultaría recomendable que la Sala Mixta Descentralizada Transitoria de Huari, Corte Superior de Justicia de Ancash, tenga competencia para revisar los expedientes provenientes del Juzgado Mixto y en adición a sus funciones, Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Huacaybamba; por lo que se propone incorporar la Provincia de Huacaybamba dentro de la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Ancash. Sétimo. Que el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la aprobación de la demarcación de los Distritos Judiciales y la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 989-2014 de la cuadragésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles y Taboada Pilco, sin la intervención del señor Escalante Cárdenas por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de febrero de 2015, la modifi cación de la competencia territorial del Distrito Judicial de Huánuco, incorporándose la Provincia de Huacaybamba, Departamento de Huánuco, al Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de febrero de 2015, que la Sala Mixta Descentralizada Transitoria y en adición a sus funciones, Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de Huari, Corte Superior de Justicia de Ancash, tenga competencia además en las Provincias de Antonio Raymondi y Huacaybamba. Artículo Tercero.- Disponer que la referida Sala Superior Transitoria, tramite los procesos laborales al amparo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, provenientes del Juzgado Mixto de la Provincia de Huacaybamba. Artículo Cuarto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Huánuco adopten las medidas administrativas pertinentes con la finalidad de evitar el quiebre de los procesos penales tramitados con el Código de Procedimientos Penales y el Nuevo Código Procesal Penal, correspondientes al Juzgado Mixto de Huacaybamba y el Juzgado Mixto de Antonio Raymondi, en virtud a que dichos órganos jurisdiccionales en adición a sus funciones son Juzgados Penales Unipersonales, además de liquidar procesos penales con el Código de Procedimientos Penales. Artículo Quinto.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Huánuco; así como, la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia, adopten las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de las medidas establecidas. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Huánuco, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1221184-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Nómina de Magistrados encargados de Endosar los Certificados de Depósito Judicial sin Expediente a la Vista para el año judicial 2015 en la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 148-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de marzo de 2015 VISTO: Resolución Administrativa N° 126-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 21 de marzo del dos mil catorce, y el Ofi cio N ° 030-2015-GAD-CSJLI/PJ de fecha 20 de enero del dos mil quince, y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Administrativa N° 126- 2014-P-CSJLI/PJ de fecha 21 de marzo del año 2014, se conformó la Nómina de Magistrados encargados de endosar los certifi cados de depósitos judiciales sin expedientes a la vista para el año judicial 2014 de las especialidades Civil, Penal, Laboral y Familia en los diversos grados; Que, a través del oficio N° 030-2015-GAD-CSJLI/ PJ de fecha 20 de enero del presente año, el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales remite el informe N° 003- 2015-R-USJ-CSJLI/PJ de fecha 20 de enero del año en curso, en el que la Coordinadora del área de Servicios Judiciales y Recaudación solicita la conformación de la Nómina de Magistrados encargados de endosar los certificados de Depósitos Judiciales para el presente año 2015. Que, la Ofi cina de recaudaciones pertenecientes al Área de Servicios Judiciales y Recaudación de esta Corte, procesa durante todo el año los certifi cados de depósitos judiciales, por lo que se requiere conformar la citada Comisión con Jueces que realizaran dicha labor en adición a sus funciones. Por lo que, estando a los expuesto y en uso de las facultades previstas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por el Decreto Supremo N° 017-93- JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR la Nómina de Magistrados encargados de Endosar los Certificados de Depósito Judicial sin Expediente a la Vista para el presente año judicial 2015, conforme se detalla a continuación: En el área Penal: Dr. César Francisco Rivarola Robi Dr. Alexis López Aliaga Vargas Dr. Pedro Cesar Gonzales Barrera