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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (16/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Jueves 16 de abril de 2015 550749 Política, es obligación del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; ello en concordancia con el numeral 1.13, Principio de Simplicidad del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, que orienta a que los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; Que, en tal sentido, al simplifi carse los requisitos para el Matrimonio Civil Comunitario, corresponde su aprobación mediante Decreto de Alcaldía conforme a lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Por las consideraciones antes expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el numeral 201.1 del artículo 201º y el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos tercero y cuarto del Decreto de Alcaldía Nº 002-2015/MVMT conforme al siguiente tenor literal: “Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 40.00 (CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), como único pago. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuación se detallan: 1. Copia certifi cada de Partida de Nacimiento de los contrayentes (antigüedad no mayor a un año). 2. Copia fedateada del D.N.I. de ambos contrayentes. 3. Certifi cado Médico para matrimonio. 4. Pago del Derecho de Trámite para Matrimonio Civil Comunitario (S/.40.00) 5. Declaración Jurada de Domicilio y Soltería de ambos contrayentes. 6. Copia fedateada del D.N.I. de dos (2) testigos. 7. El Acta de Nacimiento y Certifi cado de Soltería de persona extranjera visado por el Cónsul del Perú en el país de residencia del solicitante y en Lima Perú legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y/o con APOSTILLA por autoridad del extranjero y traducido al español.” Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio la organización de los correspondientes expedientes matrimoniales, señalándose como obligatorios la presentación y cumplimiento de los requisitos precisados en el artículo anterior y los que fueren de aplicación, según el caso, del código civil. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Procesos la publicación en el Portal Institucional y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional brindar la difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde 1225019-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO Autorizan viaje de Alcalde a Corea del Sur, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 087-2015-MPCH/CM La Merced, 6 de abril del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 007-2015- MPCH celebrado el 06 de abril del 2015, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y demás normas complementarias; VISTA La Carta Nº 285-2015-A/MPCH, de fecha 30 de marzo del 2015, La Opinión Legal Nº 220-2015-GAJ/MPCH, de fecha 31 de marzo del 2015, sobre autorización de viaje de comisión de servicios al país de Corea del Sur. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y siendo de aplicación el artículo VIII del Título Preliminar de este mismo cuerpo normativo, las competencias y funciones específi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes regionales y locales; Que, mediante expediente administrativo Nº 5845 el Gobierno Metropolitano de Seúl efectúa invitación al alcalde de esta comuna a participar en una capacitación de políticas exitosas y suministro de agua por el periodo del 19 al 25 de abril del presente, considerando que los gastos de alojamiento, alimentación y pasajes de Perú – Corea del Sur y viceversa serán cubiertos por la mencionada Institución. Que, mediante expediente Nº 5844 la Corporación Korea Engineering Consultants efectúa invitación al alcalde de esta comuna a fi n de participar en diferentes actividades ofi ciales que se desarrollaran a partir del 26 de abril al 03 de mayo, para la cual se necesita los viáticos. Que, mediante Opinión Legal Nº 220-2015-GAJ/ MPCH, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica declara procedente el viaje de comisión de servicios del Alcalde la Municipalidad Provincial de Chanchamayo al país de Corea del Sur a fi n de participar de la capacitación y actividades ofi ciales. Que, conforme al Numeral 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal autorizar el viaje al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, que realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; el Pleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 007- 2015-MPCH, celebrada el día 06 de abril del 2015, con el voto unánime de sus miembros. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de comisión de servicios del Alcalde Sr. Hung Won Jung, al país de Corea del Sur, del 19 de abril al 03 de mayo del 2015, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, participe en la capacitación de las políticas exitosas y suministro de agua que se desarrollará del 19 de abril al 25 de abril, y en las actividades ofi ciales programadas por la Corporación Korea Engineering Consultants que se desarrollará desde el 26 de abril al 03 de mayo del 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde Reg. Luis Rubén Villa Morel, desde el 19 al 03 de mayo del 2015, conforme a lo señalado por el Art. 24 de la Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUNG WON JUNG Alcalde 1223977-1