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El Peruano Jueves 16 de abril de 2015 550747 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ratifican el contenido de la Ordenanza Nº 00092-MDSA para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Santa Anita para el año 2016 ORDENANZA Nº 00165/MDSA Santa Anita, 13 de abril del 2015 VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, el pedido de ratifi cación de la Ordenanza Nº 00092-MDSA, para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Santa Anita para el año 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28056 Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado. Asimismo, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Publico, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo. Que, mediante Ordenanza Nº 00092-MDSA, se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo, con el propósito de regular, complementar y establecer mecanismos que faciliten el efectivo desarrollo del proceso de programación y aprobación del Presupuesto Participativo por Resultados. Estando a lo expuesto en el Memorando Nº 083-2015- GPPR-GG/MDSA e Informe Nº 216-2015-GAJ/MDSA; en uso de las facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad emite la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL CONTENIDO DE LA ORDENANZA Nº 00092-MDSA PARA SU APLICACIÓN EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE SANTA ANITA PARA EL AÑO 2016 Artículo Primero.- RATIFICAR el contenido de la Ordenanza Nº 00092-MDSA para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Santa Anita para el año 2016. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1224701-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Declaran de interés local la propuesta de cambio de Zonificación de Otros Usos a Zona de Recreación Pública de predios situados en el Pueblo Joven San Francisco de La Tablada de Lurín – Sector II ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2015/MVMT Villa María del Triunfo, 14 de abril de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 0251-2015-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 068-2015-MDVMT-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 015-2015- GDU-MVMT de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 089-2015-SGPUCOPHU-GDU-MVMT de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestación de Servicios Públicos, así como el Desarrollo Integral de su Jurisdicción; Que, el artículo 195º de la Constitución, señala que son funciones y competencia de los gobiernos locales el promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, entre otras competencias se refi ere: Numeral 6. Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la Ordenanza Municipal Nº 1084-MML, aprobó el reajuste integral de la zonifi cación de los usos del suelo del Distrito de Villa María del Triunfo y en la segunda disposición fi nal establece el régimen excepcional de cambios de zonifi cación que promueva la inversión pública y privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo cuando corresponda; Que, mediante Ordenanza Nº 1617-MML, publicada en el diario Ofi cial El Peruano con fecha 17 de julio de 2012, se aprobó la norma para Cambios de Zonifi cación para Lima Metropolitana, que en su artículo 4º dispone que los Cambios de Zonifi cación se efectuarán a través de: Peticiones de Cambio de Zonifi cación y Iniciativas de Cambio de Zonifi cación; Que, la norma municipal en su artículo 07º, señala que “la petición de Cambio de Zonifi cación, está referida al proceso técnico de evaluar y declarar procedente o no, las propuestas de cambios de zonifi cación que presenten los propietarios de predios, para modifi car las califi caciones de zonifi cación de sus predios”; Que, el artículo 50º del Decreto Supremo Nº 004-2011- VIVIENDA, señala con respecto al procedimiento para la autorización de cambio de zonifi cación; los cambios de zonifi cación pueden ser propuestos de ofi cio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital; Que, según el artículo 12º de la norma acotada, “las municipalidades distritales realizarán la evaluación de las peticiones de cambio de zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones, el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresará su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante. El titular de la Municipalidad Distrital remitirá a la Municipalidad Metropolitana de Lima las propuestas de Cambios de Zonifi cación, conjuntamente con todo lo actuado, los expedientes en dos archivos digitales (02 CD, planos en formato CAD y 02 copias del informe técnico) por cada expediente, consignando la documentación técnica y el Acuerdo de Concejo Distrital respectivo, a más tardar el 15 de abril de cada año (Primera Etapa) y el 15 de Octubre de cada año (Segunda Etapa); Que, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo inicia de ofi cio la propuesta de Cambio de Zonifi cación de Otros Usos (OU) a Zona de Recreación Pública (ZRP) de los siguientes predios: Lote 19 (área de terreno de 3,500 m2 – Partida P03076664) , Lote P3 (área de terreno de 3,005 m2 – Partida P03076627), Lote CDH (área de terreno 52,053 m2 – Partida P03076635), situados en el Pueblo Joven San Francisco de la Tablada de Lurín – Sector II, distrito de Villa María del Triunfo, de propiedad de COFOPRI, pero que se encuentra AFECTADO EN USO a la Corporación Municipal, ello conforme a la Ordenanza Nº 296-MLM, Ordenanza Nº 1084-MML, Ordenanza Nº 1617-MML y Ordenanza Nº 1631- MML; Que, mediante Memorándum Nº 23-2015-SGPV- GDSLCP-MVMT, de fecha 13 de marzo de 2015, se informa