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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 124

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550938 reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional, Que, mediante Informe Nº 014-2014-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB de fecha 29 de setiembre del 2014, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Educativa Local - UGEL Huánuco, (Unidad Ejecutora 311- Educación Huánuco), instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL UGEL HUANUCO Artículo Primero.- APROBAR, El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - UGEL HUÁNUCO, el mismo que consta de siete (07) Títulos, treinta y ocho (38) Artículos, siete (07) Disposiciones Complementarias, cinco (05) Disposiciones Finales y una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 5 días del mes de noviembre del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 10 días del mes de noviembre del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 1225251-1 Aprueban la Guía Metodológica de la Estrategia de Sectorización para la Promoción de la Salud en Cogestión con la Comunidad ORDENANZA REGIONAL Nº 093-2014-CR-GRH Huánuco, 2 diciembre del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 21 de noviembre del 2014, el Dictamen Nº 006- 2014-GRH-CRH/CPDS de la Comisión Permanente de Desarrollo Social relacionado a la aprobación “Guía Metodológica de la Estrategia de Sectorización para la Promoción de la Salud en Cogestión con la Comunidad ” y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, según el artículo 1º de la Constitución Política del Perú se establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado; los artículos 44º de la Constitución Política del Perú señala como uno de los deberes primordiales del Estado el garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos, como expresión de la supremacía de la persona humana, fi n y objetivo de todo sistema democrático; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo o 49º inciso a), señala las funciones específi cas de los Gobierno Regional en materia de Salud de formular, aprobar ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y planes sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 464-2011/ MINSA aprueban el Documento Técnico Modelo de Atención Integral de Salud Basado en la Familia y la Comunidad, se reconoce el derecho de las personas, familias y comunidades, a una atención de salud integral, equitativa y con garantías explicitas de calidad y oportunidad. Este nuevo modelo de atención confi gura un proceso continuo que se centra en la atención integral de las familias, priorizando las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad; Que, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 402-2006-/MINSA que aprueba el Documento de Técnico “Programa de Familias y Viviendas Saludables” y de desarrollo en múltiples experiencias regionales y nacionales, la Sectorización es un proceso y a su vez una estrategia que tiene como objetivo la reorientación de los servicios de salud del primer nivel con el propósito de facilitar una atención integral de salud con calidad y oportunidad, con un enfoque de riesgo, de promoción de salud y prevención de enfermedades. La sectorización permite mejorar el proceso de identifi cación y vigilancia de las familias y/o comunidades en riesgo sanitario, asignando efi ciente y racionalmente los recursos de salud, con criterios de equidad y enfoques de ciudadanía y participación de la comunidad; Que, mediante Convenio Nº 009-2011-GRH/PR, Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Huánuco, la Dirección Regional de Salud Huánuco y Futuras Generaciones, se viene desarrollando, desde octubre del 2010 hasta setiembre del 2014, el Proyecto “En manos de Mujeres” orientado a la mejora sostenible de la nutrición y la salud de la nutrición y la salud materna, neonatal e infantil mediante el logro de cambios de conducta en las madres y sus familias; el fortalecimiento de capacidades en las comunidades, en el sistema de salud y en los gobiernos locales ; y el fortalecimiento de las políticas de salud para institucionalizar y expandir sus estrategias, Proyecto que obtuvo el primer lugar en el reconocimiento a las Buenas Prácticas en Gestión Publica 2013, en la Categoría Salud y Nutrición Materno - Infantil por sus resultados en la mejora de los indicadores de salud y nutrición materno infantil a partir del empoderamiento de las mujeres y familias de los distritos de Chinchao, Churubamba, Umari y Santa María del Valle;