Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

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Que, la Duodecima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-SERVIR se establecera la progresividad de la implementacion de la aprobacion del Cuadro de Puestos de la Entidades, mientras que la Unica Disposicion Complementaria Derogatoria de la misma MORDAZA, derogo el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobo los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, modificada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, se aprobo la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", que comprende las reglas basicas para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional ­ CAP Provisional; Que, en el numeral 4.7 de la Directiva MORDAZA mencionada se establece que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento designacion y contratacion previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico u otra MORDAZA nacional con rango de ley, podran hacer ajustes a su Cuadro para Asignacion de Personal, con la aprobacion de un Cuadro para Asignacion de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico; Que, a traves del literal g) del numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se exceptuo de la prohibicion de nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobierno regionales, disponiendo que mediante decreto supremo se estableceran los criterios y el procedimiento para llevar a cabo dicho proceso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2014-SA se aprobo los Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento de los Profesionales de la salud y de los Tecnicos y Auxiliares Asistenciales de la salud del Ministerio de Salud que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 8º, numeral 8.1., literal g) de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", establece que el Cuadro para Asignacion del Personal Provisional, para el caso de los Gobiernos Regionales, debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, mediante el Oficio Nº 103-2015-DG-OEPP Nº 005-DIRESA MORDAZA, la Direccion Regional de Salud de MORDAZA remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el Cuadro de Asignacion de personal Provisional ­ CAP Provisional de las siguientes Unidades Ejecutoras: Direccion Regional de Salud MORDAZA Unidad Ejecutora 400; Hospital Regional de MORDAZA - Unidad Ejecutora 401; Direccion de Red de Salud Canete Yauyos - Unidad Ejecutora 402; Hospital Rezola - Unidad Ejecutora 403; Hospital de Barranca Cajatambo SBS - Unidad Ejecutora 404; Hospital de Chancay ­ Unidad Ejecutora 405; Direccion de Salud MORDAZA Mala ­ Unidad Ejecutora 406; Hospital de Huaral ­ Unidad Ejecutora 407 y Direccion de Salud de Huarochiri ­ Unidad Ejecutora 408 para opinion tecnica y se continue con su tramite de aprobacion; Que, mediante el Informe Nº 003-2015-GRL-GRPPAT/ OP/HN y Memorando Nº 017-2015-GRL- GRPPAT del 22 de enero del 2015, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinion tecnica favorable los proyectos de CAP Provisional propuestos por la Direccion Regional de Salud y sus unidades ejecutoras; Que, mediante el Informe Nº 0196-2015-GRL/SGRAJ, la Sub Gerencia de Asesoria Juridica, remite al Despacho del Presidente Regional opinion legal concluyendo que el Proyecto de aprobacion del Cuadro de Asignacion de personal Provisional ­ CAP Provisional de las siguientes Unidades Ejecutoras: Direccion Regional de Salud LimaUnidad Ejecutora 400; Hospital Regional de Huacho-Unidad Ejecutora 401; Direccion de Red de Salud Canete YauyosUnidad Ejecutora 402; Hospital Rezola-Unidad Ejecutora 403; Hospital de Barranca Cajatambo SBS - Unidad Ejecutora 404;

Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 20 dias del mes de febrero del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1225400-1

Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional - CAP Provisional de las Unidades Ejecutoras de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2015-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 11 de febrero del 2015 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Canete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que solicita se incorpore como punto de agenda en la sesion Ordinaria del 11 de febrero del 2015, la Carta Nº 012-2015-GRL/ SG del Secretario General del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante la cual remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional de las Unidades Ejecutoras que comprenden el Ambito de la Direccion Regional de Salud de Lima. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y. el literal a) del articulo 15º de la misma MORDAZA, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante la ley Nº 30057, se aprobo la Ley del Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposicion Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP y el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP seran sustituidos por el instrumento de gestion denominado Cuadro de Puestos de la Entidad CPE;

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