Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

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en el inciso b) Hospitales de Mediana Complejidad.La estructura Organica de los Hospitales de mediana complejidad (Hospitales Categoria II-2), comprende hasta tres niveles organizacionales; La estructura organica de los Hospitales de mediana complejidad comprende hasta tres niveles organizacionales: 1. Los organos de primer nivel organizacional son la Direccion Ejecutiva y el Organo de Control Institucional. 2. Los organos de MORDAZA nivel organizacional son las unidades organicas denominadas Oficinas y Departamentos. 3. Los organos de tercer nivel organizacional son las unidades organicas denominadas Unidades y Servicios Mencionando que cada hospital de mediana complejidad (Hospital Categoria II-2) debera tomar como modelo la estructura organica que se describe, debiendo proponer el tercer nivel organizacional de los organos de linea, denominados Servicios, en los departamentos que MORDAZA necesarios, de acuerdo a las necesidades de atencion de la salud de la poblacion y de los recursos de que dispone el Hospital; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica. En su articulo 22º Criterios para la creacion de unidades organicas inciso a) Si un organo de la entidad cuenta con mas de 15 personas. Justificando la creacion de las Unidades Organicas (Servicios en el Departamento de Enfermeria) de cada Hospital; Que, mediante el Oficio Nº 818-2014-DG-OEPP Nº 51DIRESA MORDAZA, se remitio los proyectos de Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de los Hospitales Categoria II-2 (Hospital de Barranca, Hospital Regional de MORDAZA, Hospital de Chancay, Hospital San MORDAZA MORDAZA de Huaral y Hospital Rezola) a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GRL para su "Opinion" y posteriormente la "Opinion Legal" de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica, con los Informes respectivos la Gerencia General del GRL remitira al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional conforme establece la normatividad vigente; Que, mediante Oficio Nº 239-2014-GGR/GRL, la Gerencia General del Gobierno Regional de MORDAZA, remite el proyecto de Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de los Hospitales Categoria II-2 (Hospital de Barranca, Hospital Regional de MORDAZA, Hospital de Chancay, Hospital San MORDAZA MORDAZA de Huaral y Hospital Rezola); Que, mediante Informe Nº 2166-2014-GRL/SGRAJ, de la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica, remite a la Gerencia General la "Opinion Legal favorable" respecto a la propuesta de los proyectos de Modificacion del Hospital de Barranca ­ Unidad Ejecutora 404, Hospital Regional de MORDAZA ­ Unidad Ejecutora 401, Hospital de Chancay ­ Unidad Ejecutora 405, Hospital San MORDAZA MORDAZA de Huaral ­ 407 y Hospital Rezola ­ Unidad Ejecutora 403; Que, mediante Informe Nº 052-2014-GRL-GRPPAT/ OP/HN, la Oficina de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional remite la "Opinion Favorable" respecto a la propuesta de los proyectos de Modificacion del Hospital de Barranca ­ Unidad Ejecutora 404, Hospital Regional de MORDAZA ­ Unidad Ejecutora 401, Hospital de Chancay ­ Unidad Ejecutora 405, Hospital San MORDAZA MORDAZA de Huaral ­ 407 y Hospital Rezola ­ Unidad Ejecutora 403; Que, a su vez el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a), del articulo 16º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, uno de los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales es proponer normas de alcance regional; Que, el inciso o), del articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 29053, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 13 del mes de noviembre del 2014 en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de Huaura, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Carta Nº 005-2014-CEMROFHRCBCH/CR del Consejero Regional por la provincia de Cajatambo, Lic. MORDAZA E. MORDAZA Villarreal; por la cual, solicita que se agende en la Sesion Ordinaria la aprobacion del Informe y/o Dictamen de la "Comision Especial encargada de evaluar la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital MORDAZA RSHO-SBS, Hospital Rezola-Canete, Hospital Barranca-Cajatambo SBS, Hospital Chancay SBS y Hospital Huaral SBS", conformada por el Acuerdo de Consejo Regional Nro. 123-2014-CR/GRL. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Articulo 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, es atribucion del Consejo Regional normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanza Regionales, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestion de las Entidades Publicas en el ambito jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; Que, la Direccion Regional de Salud MORDAZA, ejerce la autoridad en salud para el cumplimiento de la politica, vision, objetivos y normas en materia de salud en la jurisdiccion de las 09 provincias de la region MORDAZA, como organo desconcentrado del Gobierno Regional de Lima. Asimismo, depende tecnica y normativamente del Ministerio de Salud y Administrativamente y funcionalmente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, es un documento tecnico normativo de gestion, que formaliza la estructura organica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de la mision, vision, objetivos. Contiene funciones generales de la entidad y especificas de los organos y unidades organicas estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, con Ordenanza Regional Nº 014-2008-CR-RL, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Direccion Regional de Salud MORDAZA y sus Organos Desconcentrados (Direcciones de Red de Salud y Hospitales); Que, con Resolucion Ministerial Nº 616-2003-SA/ DM, aprueba el Modelo de Reglamento de Organizacion y Funciones de los Hospitales. Menciona en su articulo 6º.- Estructura Organica de los Hospitales. Mencionando

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