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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 136

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550950 Que, es, función de la Administración Municipal implementar políticas de promoción de la cultura tributaria, siendo necesario el incentivo al cumplimiento voluntario del pago de los tributos, a través de la realización de sorteos y otros benefi cios que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplan con efectuar dichos pagos; Que, la Administración Municipal reconoce el esfuerzo y responsabilidad de los vecinos que cumplen en forma permanente y puntual con sus obligaciones tributarias, motivo por el cual resulta conveniente la creación del Programa de Incentivos “Tarjeta Vecino Cumplido”, con el propósito de brindarles un trato preferente en todas sus gestiones y requerimientos de servicios que demanden a esta corporación y acceder a benefi cios por cumplir con compromisos como contribuyentes, que trae consigo un benefi cio directo con la comunidad Breñence; Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de la Comisión Permanente de Rentas y en uso de las facultades otorgadas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y artículo 40 º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD, aprobó: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE LA “TARJETA VECINO CUMPLIDO” EN EL DISTRITO DE BREÑA Artículo 1º.- APROBAR el Programa de Incentivos “Tarjeta Vecino Cumplido” (TVC), que benefi ciará a los contribuyentes de Breña a quienes se considere en los alcances de dicho Programa, conforme a las especifi caciones de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Del Régimen De la “Tarjeta Vecino Cumplido”, incorpora a los contribuyentes de la Municipalidad de Breña, cuya deuda tributaria es recaudada por la Municipalidad, quienes cumplan oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias. La incorporación de los vecinos cumplidos benefi ciarios del régimen, serán califi cados periódicamente luego de la fecha de vencimiento, a quienes se les generará su tarjeta, la cual será entregada en su domicilio fi scal o en las ofi cinas de la Municipalidad si el contribuyente así lo desea. Artículo 3º.- De los Objetivos, El Régimen de la “Tarjeta Vecino Cumplido” está orientado a: a) Estimular el cumplimiento voluntario en el pago de las obligaciones tributarias a cargo de la Municipalidad de Breña, estableciendo benefi cios para los “vecinos cumplidos” en el pago de sus tributos, a fi n incrementar el cumplimiento voluntario y responsable de sus obligaciones. b) Establecer las condiciones para la formación de una cultura tributaria que sea reconocida por los administrados y público en general. Artículo 4º.- De los Criterios de Incorporación, a efectos de ser considerado “Vecino Cumplido”, deberá acreditarse lo siguiente: a) Al fi nal del Vencimiento del Impuesto Predial, la Gerencia de Rentas a través de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario procederá a Evaluar el cumplimiento de pago de los contribuyentes. b) A la fecha del Vencimiento evaluado, el Contribuyente deberá haber cancelado sus tributos del año vigente. c) El contribuyente debe estar afecto al pago de los tributos, al año vigente de evaluación. d) No tener deuda tributaria pendiente, anteriores al ejercicio actual. e) No tener convenio de fraccionamiento vigente pendiente de pago, aun cuando este al día en el pago de sus cuotas. f) No tener la condición de contribuyente no habido. g) No haber sido detectado como contribuyente Omiso o Sub valuador. Artículo 5º.- Del Procedimiento de Incorporación, La Municipalidad de Breña incorporará periódicamente en el Régimen “Tarjeta Vecino Cumplido”, a los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados en el artículo anterior. El procedimiento de incorporación comprende las siguientes etapas: a) Evaluación: La Subgerencia de Recaudación y Control Tributario de la Gerencia de Rentas, llevará a cabo dentro de los quince (15) primeros días hábiles después del vencimiento tributario, la evaluación y califi cación del cumplimiento de las obligaciones tributarias. Dicha evaluación será tomada en cuenta tanto para la incorporación como para la exclusión del Régimen. b) Verifi cación: La Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, es la responsable de la verifi cación permanente a fi n de confi rmar, incluir o excluir a los contribuyentes que cumplan o no con los requisitos señalados en el artículo 3º. c) Notifi cación: La Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, es la responsable de notifi car la incorporación al régimen TVC, a los contribuyentes en el domicilio fi scal declarado ante la Administración. d) Incorporación: La incorporación surtirá efectos a partir del día hábil siguiente de realizada la notifi cación y tendrá vigencia anual, salvo incurra en alguna de las causales de exclusión. Artículo 6º.- De los Beneficios del Contribuyente, La Incorporación al Régimen “Tarjeta Vecino Cumplido”, permitirá al contribuyente gozar de los siguientes benefi cios. a) Atención rápida y preferente en las Ofi cinas de Atención al Contribuyente de la Municipalidad de Breña. b) Participación preferente en los Cursos, Charlas y Otros eventos organizados por la Municipalidad de Breña, las cuales deberán ser colgadas en la web municipal, por la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. c) Obtendrá una “Tarjeta Vecino Cumplido”, que le permitirá contar con atención preferente cuando acuda a realizar sus trámites u obtener información en las ofi cinas de la Municipalidad de Breña. d) Recibirá en forma individualizada información de interés contenida en revistas y boletines institucionales y municipales, entre otros, a través de su correo electrónico o en su domicilio por parte de la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. e) Publicación de la relación de “Vecinos Cumplidos”, en los paneles informativos de todas las dependencias de la Municipalidad de Breña y en la página web institucional a cargo de la Subgerencias de Comunicaciones e Imagen Institucional, Recaudación y Control Tributario e Informática. f) Participación directa en los sorteos que la Municipalidad estime pertinente realizar. g) La Municipalidad ofrecerá las siguientes coberturas: SERVICIOS COBERTURAS EVENTOS POR AÑO ASISTENCIA HOGAR MONTO MAXIMO POR EVENTO (EN SOLES) MAXIMO DE EVENTOS AL AÑO PAGO Y ENVIO DE TECNICO EN GASFITERIA POR EMERGENCIA GRATIS HASTA S/.200.00 2 EVENTOS PAGO Y ENVIO DE TECNICO EN VIDRERIA POR EMERGENCIA GRATIS HASTA S/.200.00 2 EVENTOS PAGO Y ENVIO DE TECNICO EN CERRAJERIA POR EMERGENCIA GRATIS HASTA S/.200.00 2 EVENTOS PAGO Y ENVIO DE TECNICO EN ELECTRICIDAD POR EMERGENCIA GRATIS HASTA S/.200.00 2 EVENTOS ASISTENCIA MEDICA MONTO MAXIMO POR EVENTO (EN SOLES) MAXIMO DE EVENTOS AL AÑO TRASLADO EN AMBULANCIA DEL LUGAR DEL EVENTO AL HOSPITAL - POR ACCIDENTE GRATIS HASTA S/. 300.00 2 EVENTOS - ENFERMEDAD GRAVE ORIENTACIÓN NUTRICIONAL TELEFONICA SIN LIMITE SIN LIMITE ORIENTACIÓN MEDICA TELEFONICA SIN LIMITE SIN LIMITE