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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 139

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550953 Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña, www.munibrena.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1226299-1 Aprueban los Estados Financieros, Estados Presupuestarios y la Memoria Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2015/MDB Breña, 27 de marzo del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 03-2015-CEPP/MDB de la Comisión de Economía, Presupuesto, y Planifi cación; Memorándum Nº 114-2015-GAF/MDB, de la Gerencia de Administración y Finanzas del 23.03.2015, y el Informe Nº 094-2015- SGC-GAF/MDB, de la Subgerencia de Contabilidad, del 23.03.2015, Informe Nº 062-2015-GM/MDB de la Gerencia Municipal; e Informe Nº 034-2015-GPPROPICI/MDB del 24.03.2015 de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, sobre la aprobación de los Estados de Situación Financiera y Estado de Gestión al 31 de diciembre de 2014; y la aprobación de la Memoria Anual 2014; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y/o Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se señala además que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, prescribe que son atribuciones del alcalde someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido; Que, conforme al numeral 17) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, Aprobar el Balance y la Memoria. Y en concordancia con el segundo párrafo del artículo 54º de la Ley Nº 27972, se establece que fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal o quien haga sus veces, se formula el balance general de ingresos y egresos y se presenta la memoria anual, documentos que deben ser aprobados por el Concejo Municipal dentro de los plazos establecidos por el Sistema Nacional de Contabilidad; Que, la Ley Nº28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, modifi cada mediante Ley Nº 29537, Ley que adecua el Art. 81º de la Constitución Política del Perú a la Ley Nº28708, establece en el artículo 18º, como Proceso del Sistema Nacional de Contabilidad, la elaboración de los Estados Contables, asimismo, el Art. 11º, establece que, todas las Ofi cinas de Contabilidad tienen la atribución de Ejecutar el registro y procesamiento de todas las transacciones de la entidad a que correspondan, elaborando los estados fi nancieros y complementarios, con sujeción al sistema contable de su competencia funcional; Que, en cumplimiento a la base legal citada, las áreas orgánicas competentes han presentado mediante los Informes de Vistos, los Estados de Situación Financiera y Estado de Gestión al 31 de diciembre de 2014 y la Memoria Anual 2014 de la Municipalidad Distrital de Breña, para su aprobación correspondiente; Que, los Estados Financieros y Presupuestarios al 31 de Diciembre del 2014, así como la Memoria Anual 2014, deben ser remitidos a la Contaduría Pública de la Nación, para la elaboración de la Cuenta General de la República; Estando a lo expuesto, y con las facultades conferidas en el artículo 9º literal 17) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal del Distrital de Breña, luego del debate respectivo, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, adopto por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR, LOS ESTADOS FINANCIEROS, ESTADOS PRESUPUESTARIOS Y LA MEMORIA ANUAL CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2014, de la Municipalidad Distrital de Breña, cuyos contenidos forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas para que en coordinación con la Subgerencia de Contabilidad, cumpla con la remisión de los Estados Financieros, Estados Presupuestarios y Memoria Anual ante la Dirección Nacional de Contaduría Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República dentro de los plazos de Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General del Concejo la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Estadística e Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo y sus Anexos en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1226296-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban exoneración de proceso de selección para la adquisición de leche evaporada entera en lata por situación de desabastecimiento inminente ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2015-MDI Independencia, 14 de abril del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 108-2015-GDS/SGPAS/MDI de la Subgerencia de Programas Alimentarios y Salud, Informe Nº 526-2015-SGL/GAF/GM/MDI de la Subgerencia de Logística, Informe Nº 70-2015-GAF/ GM/MDI de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 210-2015-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Proveido Nº 595-2015-GM/MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales, en su calidad de Órganos de Gobierno Local, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el