Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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El MORDAZA DEL DISTRITO DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha, VISTOS: El Dictamen Nº 0001-2015-CDUTSFL/MDB de fecha 24.02.2015, de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Transporte y Saneamiento Fisico Legal; el Memorandum Nº 025-2015GDU/MDB de fecha 29.01.2015, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 010-2015-GDU/MDB de fecha 18.02.2015, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 056-2015-GAJ/MDB de fecha 20.02.2015, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 011-2015-GDU/MDB de fecha 23.02.2015, emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sobre el proyecto de Ordenanza que deroga la Ordenanza Nº 4162014/MDB-CDB y la Ordenanza Nº 424-2014/MDB-CDB. CONSIDERANDO: Que, el articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 74º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que: "Las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de sus competencia; asimismo el inciso 3.6.2 del articulo 79º de la citada MORDAZA, senala que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelaciones o demoliciones de inmuebles y declaratorias de fabricas;" Que, la Municipalidad Distrital de Brena, mediante la Ordenanza Nº416-2014/MDB-CDB publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11.07.2014, precisa la aplicacion de Altura de Edificacion en el distrito de Brena; y con la Ordenanza Nº424-2014/MDB-CDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18.11.2014 aprueba la Ordenanza sobre alturas para viviendas multifamiliares del distrito; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA "Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano" a nivel nacional, establece que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme al Plan de Desarrollo MORDAZA establecer los parametros edificatorios de altura y area libre, que esten dentro de su competencia; Que, mediante Informe Nº 010-2015-GDU/MDB la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, manifiesta que: "1) Las Ordenanzas al no haber sido ratificadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, carecen de legitimidad, en tanto que sus efectos no deben ser opuestos a los administrados sin que se MORDAZA realizado necesariamente su ratificacion conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades y otros cuerpos normativos. 2) Que, considerando los aspectos normativos que regulan el Plan de Desarrollo MORDAZA y sus aspectos relativos, se observa que la Ordenanza Nº 4162014/MDB-CDB y Nº 424-2014/MDB-CDB, que modifican los parametros urbanisticos y edificatorios de altura, area libre, estacionamientos y retiros, en el distrito de Brena, no estan determinados en un proyecto MORDAZA distrital, lo que implica que sus efectos son contraproducentes para el desarrollo del distrito. 3) Que, considerando los Principios de Legalidad, Eficacia y Uniformidad que regulan el procedimiento administrativo, es necesario contar con herramientas normativas eficaces que permitan establecer criterios homogeneos en la calificacion de Licencias de Edificacion en el MORDAZA normativo vigente en el distrito, siendo el caso que las ordenanzas en cuestion contravienen con este MORDAZA rector. 4) Que, dentro de los aspectos normativos existen aspectos tecnicos que nos indican la vulnerabilidad de las citadas ordenanzas, como se detalla en el analisis de los parametros urbanisticos y edificatorios modificados, que corresponden a la Altura de Edificacion, Area Libre, Estacionamientos y Retiros. 5) Que, de la revision del Informe Nº 237-2014-SGOPPT-GDU/MDB de fecha 24.06.2014, que constituye el unico sustento tecnico,

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

en el cual se apoya la Ordenanza Nº 416-2014/MDB-CDB, se observa la carencia de sustento tecnico y legal para evaluar tecnicamente, el otorgamiento de mayor altura por colindancia en cuadras especificadas en las referidas ordenanzas (avenidas o jirones), que segmentan el perfil urbano. 6) Que, el referido informe no incluye ningun MORDAZA de sustento grafico (planimetrias, perfiles, secciones viales, volumetrias, etc.) o MORDAZA estadisticos, que justifiquen el diagnostico de la propuesta. 7) Que, en virtud a lo expuesto corresponde determinar la validez de las Ordenanzas en cuestion y cuestionar su vigencia, en el sentido de los efectos que generan en la Morfologia y Topologia del Proyecto MORDAZA en el distrito; En atencion a los hechos senalados, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, recomienda que se eleve al Concejo Municipal a fin de que se apruebe la derogatoria de las Ordenanzas en cuestion, en el plazo mas breve, en tanto que su vigencia generan un estado ambiguedad en la calificacion de los proyectos de edificacion. Por ultimo, recomienda establecer un plazo de 90 dias para la elaboracion de la propuesta de alturas, areas libres, retiros y estacionamientos del distrito a fin que permita la reformulacion de los parametros urbanisticos del distrito de Brena"; Que, mediante Informe Nº 056-2015-GAJ/MDB la Gerencia de Asesoria Juridica, luego de la evaluacion tecnica formulada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, concluye que corresponde dejar sin efecto la Ordenanza Nº 416-2014-MDB-CDB mediante el cual aprueba la aplicacion de las nuevas alturas de edificaciones en el distrito de Brena; asi como la Ordenanza Nº 424-2014MDB-CDB que aprueba la Ordenanza sobre alturas para vivienda multifamiliares para el distrito de Brena; Estando a lo expuesto y con la opinion favorable de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Transporte y Saneamiento Fisico Legal mediante el Dictamen Nº 01-2015-CDUTSFL/ MDB de fecha 24.02.2015, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, y con cargo a redaccion, aprobo por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 416-2014/MDB-CDB Y LA ORDENANZA Nº 424-2014/MDB-CDB Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Nº4162014/MDB-CDB, que "Precisa la aplicacion de altura de edificacion en el distrito de Brena" y la Ordenanza Nº4242014/MDB-CDB, que "Aprueba la Ordenanza sobre alturas para vivienda multifamiliares para el distrito de Brena", por los considerandos expuestos en parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la elaboracion de la normatividad que regule de manera homogenea parametros urbanisticos y edificatorios de altura, area libre, estacionamientos y retiros, en el distrito de Brena, para tal efecto, otorguesele un plazo de 90 dias calendarios para que presente el proyecto respectivo. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Estadistica e Informatica la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena (www.munibrena.gob.pe), en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.com.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe, dentro del dia siguiente de su aprobacion conforme lo prescribe el articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP aprobada mediante R.M Nº 200-2010-PCM. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la debida difusion de la presente Ordenanza. Y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1226292-1

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