Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2015 (18/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

550956
Nº Modulo / Item Espacio Descripcion Precio Area Giro / base ocupada Actividad alquiler (S/.)

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2015

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MORDAZA Grau

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3,718.00

1225350-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Ordenanza que modifica el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Municipales aprobado por la Ordenanza Nº 032
ORDENANZA Nº 291 San MORDAZA de Lurigancho, 31 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 2015, el proyecto de Ordenanza que modifica el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; le corresponde al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al articulo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, la capacidad sancionadora que se le otorga a las municipalidades se encuentra prevista en el articulo 46º de la LOM que establece en su MORDAZA parrafo que, las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras; Que, mediante Informe Nº 033-2015-SGCOYS-GDE/ MDSJL de fecha 10 de marzo de 2015, la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, propone que se modifique la infraccion con Codigo Nº 8.0301 del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante la Ordenanza Nº 032 de fecha 12 de MORDAZA de 2004 y publicada el 17 de junio del mismo ano, la cual tipifica, "Construir sin Licencia Municipal", lo que acarrea como sancion al propietario con el 2.5% del valor de la obra y al profesional con 2.5% del valor de la obra ejecutada; en cambio la tipificacion que se propone establece, "Ejecutar Obras de edificacion sin autorizacion o licencia municipal respectiva (obra nueva, obra en MORDAZA de ejecucion, remodelacion, ampliacion, puesta en valor historico y otros) sancionando al propietario con el 10% del valor de la obra ejecutada, siendo una medida complementaria la paralizacion y/o demolicion", dicha propuesta cuenta con la aprobacion consensuada de las Gerencias de Desarrollo Economico y MORDAZA, conforme

se advierte del Memorandum Nº 158-2015-GDE/MDSJL del 11 de marzo de 2015; Que, el articulo 69º, literal k) del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establece, como uno de los requisitos para solicitar Licencia de Regularizacion de Edificaciones, "presentar MORDAZA del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa sera equivalente al 10% del valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construccion actualizado por el indice de precios al consumidor", MORDAZA que se enmarca a lo dispuesto en la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 29090 que establece, "A la entrada en vigencia de la presente Ley quedan derogadas las Leyes 26878 y 27135, el Titulo II de la Ley Nº 27157 y todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley." Que, en tal sentido, resulta pertinente modificar la infraccion con codigo 8.0301 del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado mediante Ordenanza Nº 032, por el cual sanciona: "Construir sin Licencia Municipal", al propietario con el 2.5% del valor de la obra y al profesional con 2.5% del valor de la obra ejecutada", tipificacion que fue establecida de acuerdo a la Ley Nº 27157 que fue derogada por la Disposicion Octava de la Ley Nº 29290; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9 numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y contando con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, se aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES MUNICIPALES APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 032 Articulo 1º.- MODIFICAR el "Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Municipales (CUIS) de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho" aprobado por el articulo 53º de la Ordenanza Municipal Nº 032 en los siguientes terminos:
MORDAZA DE INFRACCION MEDIDA COMPLEMENTARIA

CODIGO

INFRACCION Ejecutar obras de edificacion sin la autorizacion o licencia municipal respectiva (obra nueva, obra ejecutada, obra en MORDAZA de ejecucion, remodelacion, ampliacion, puesta en valor historico y otros)

MONTO

8.0301

G

Propietario: 10% del PARALIZACION valor Y/O de obra DEMOLICION ejecutada

Articulo 2º.- DISPONER que el descuento del 80% por pronto pago contenido en el Articulo 37º de la Ordenanza Municipal Nº 032-2004-MDSJL no sea aplicable a la infraccion de codigo 8.0301. Articulo 3º.- OTORGAR un beneficio del 50% de descuento a la presente infraccion, siempre y cuando MORDAZA canceladas las Resoluciones de Sancion dentro de los 05 dias posteriores de notificada y cuya valorizacion de obra no supere las 10 UIT; en los demas casos que supere este monto, no se contara con beneficio alguno. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Economico, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, de esta Corporacion Edil. Segunda.- Incorporese al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Municipales (CUIS), aprobado por el articulo 53º de la Ordenanza Nº 032-04-MDSJL las modificaciones introducidas mediante el Articulo Primero de la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguese toda disposicion legal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho que se oponga a la presente Ordenanza.

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