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558486 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 / El Peruano Diario Ofi cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de julio de 2015, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del mencionado indicador; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de julio de 2015, así como su variación porcentual mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100) VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2015 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO 101,158245 101,512527 102,210227 102,161903 102,550119 102,817342 102,773215 -0,31 0,35 0,69 -0,05 0,38 0,26 -0,04 -0,31 0,04 0,73 0,68 1,06 1,32 1,28 Artículo 2º.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2015. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1269036-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 133-024-0044436-2015-SUNAT/6N0000 Huancayo, 22 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín, de los trabajadores que se indican a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 7247 Cajachagua Gozalves Nicolas Enrique 2 6296 Lopez Miguel Miriam Elizabeth Artículo 2°.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín, al trabajador que se indica a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 1821 Rios Colqui Eli Angel Regístrese, comuníquese y publíquese. PALMER LUIS DE LA CRUZ PINEDA Intendente Regional (e) Intendencia Regional Junín 1268470-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Designan y ratifican designación de miembros del CAFAE - SUSALUD para el período 2014 - 2016 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 108-2015-SUSALUD/S Lima, 24 de julio de 2015 VISTO: El Informe N° 00235-2015/OGPER de la Ofi cina General de Gestión de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, conforme al artículo 6° del Decreto Supremo Nº 006-75-PM-INAP, modifi cado por el artículo 1° del