Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2015 (06/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 6 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Lima Metropolitana que proceda conforme a lo establecido en la Norma Técnica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Jefatural Nº 0452-2010-ED, modificada por las Resoluciones Jefaturales Nº 0898-2010-ED, Nº 1053-2011ED y la Resolución Viceministerial Nº 032-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor AMADO BENJAMIN LOAYZA SANDOVAL en el cargo de Director General de la Escuela Nacional Superior de Folklore "José María Arguedas". Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, para que proceda conforme a lo establecido en la Norma Técnica denominada "Normas que regulan los Procesos de Selección de Personal para cubrir mediante la encargatura de puesto y/o función en plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales de Educación Superior Públicos". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIO CÉSAR NAVARRO ACHIC, formulada por Noveno Juzgado Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad con identidad reservada y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa del ciudadano peruano y disponen su presentación por vía diplomática a la República Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2015-JUS Lima, 5 de agosto de 2015
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 119 - 2015/ COE-TC, del 04 de agosto de 2015, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina del ciudadano peruano JULIO CÉSAR NAVARRO ACHIC, formulada por la Noveno Juzgado Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 13 de julio de 2015, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIO CÉSAR NAVARRO ACHIC, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad - Violación de la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad con identidad reservada (Expediente Nº 80-2015); Que, el literal a) del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 119 -2015/COE-TC, del 04 de agosto de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan representantes del Ministerio ante la "Comisión Multisectorial encargada de fiscalizar la implementación de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015 - 2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2015-MIMP
Lima, 5 de agosto de 2015 Vistos: El Oficio Múltiple Nº 0044-2015-MINAGRI-SG de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego y la Nota Nº 0408-2015-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2015-MINAGRI, se crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada "Comisión Multisectorial encargada de fiscalizar la implementación de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021", adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, la que tiene vigencia hasta el año 2021; Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo, señala que la Comisión Multisectorial estará constituida, entre otros, por un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el artículo 5 de la mencionada norma establece que la Comisión Multisectorial deberá contar con un representante titular y otro alterno, designados mediante resolución del Titular del Pliego; por lo que resulta necesario emitir el acto a través del cual se designe a los representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones

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