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560440 NORMAS LEGALES Domingo 30 de agosto de 2015 / El Peruano Dirección Ejecutiva de Administración y Conservación de Recursos Naturales, en el ámbito de la Región y con la visación de las áreas de Asesoría Jurídica y Planeamiento de los Recursos Naturales – Área Técnica II; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Propuesta Técnica presentada por el señor Amado Ventura Suarez, en representación de la Asociación Agricultores para la Conservación de la Microcuenca Pacota – ACOMPA; y, en consecuencia otorgar una concesión con fi nes de conservación a su favor, bajo la modalidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 1,302.00 hectáreas, ubicada en el distrito de Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín, denominada Concesión para Conservación “Bosques de Pacota”, por un periodo de cuarenta (40) años renovables; Artículo Segundo.- Defi nir que el área que se otorga en concesión, mediante la presente Resolución se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas UTM, con el Datum WGS84, en la Zona 18: Cuadro de coordenadas UTM DATUM WGS84 VERTICE ESTE NORTE VERTICE ESTE NORTE 1 315819.000 9130432.000 24 316967.895 9123630.270 2 316414.150 9130479.340 25 316768.919 9123628.639 3 316713.935 9130478.299 26 316824.131 9123793.748 4 317051.682 9130477.125 27 316870.838 9123933.423 5 317521.190 9130475.494 28 317423.661 9124004.791 6 318276.565 9130458.192 29 317830.751 9124056.671 7 319278.193 9130469.391 30 317897.972 9124193.225 8 319319.613 9130469.247 31 317891.469 9124386.605 9 319349.869 9130469.142 32 317704.398 9124516.000 10 319405.697 9130468.948 33 318076.874 9124732.395 11 319820.023 9130467.508 34 318261.000 9124956.000 12 319821.724 9129842.736 35 318377.438 9125423.572 13 319820.245 9129158.367 36 318527.768 9125941.630 14 319819.849 9127780.433 37 318795.174 9125941.630 15 319819.132 9126456.460 38 319327.398 9125941.630 16 319818.430 9125160.003 39 319327.398 9126444.490 17 319820.023 9123629.238 40 319327.398 9126859.305 18 319488.957 9123629.095 41 318550.544 9127934.838 19 319008.737 9123628.888 42 317792.710 9128602.780 20 318440.495 9123628.642 43 317057.000 9128865.000 21 318076.082 9123628.641 44 316280.000 9129472.000 22 317627.613 9123628.640 45 316293.221 9129855.474 23 317258.545 9123629.304 Artículo Tercero.- El otorgamiento de la concesión establecida en el artículo primero de la presente Resolución se hace efectiva con la suscripción del contrato correspondiente; para lo cual, el titular deberá suscribirla con la Dirección Ejecutiva de Administración y Conservación de Recursos Naturales de la Autoridad Regional Ambiental. Artículo Cuarto.- Encargar al Área de Conservación y Servicios Ambientales, realizar las verifi caciones que correspondan del área concesionada, en aplicación de la normativa forestal y fauna silvestre. Artículo Quinto.- Precisar que la publicación de la presente Resolución es de cargo del titular de la Concesión para Conservación denominada “Bosques de Pacota”, según lo previsto en el artículo 18º de la Resolución Jefatural Nº 075-2007-INRENA, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservación. Artículo Sexto.- Notifíquese la presente Resolución Directoral Ejecutiva, al solicitante señor Amado Ventura Suarez, en representación de la Asociación Agricultores para la Conservación de la Microcuenca Pacota – ACOMPA, al Área de Conservación y Servicios Ambientales y Unidades Operativas de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Autoridad Regional Ambiental, al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR del MINAGRI, y al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ALVA REÁTEGUI Director Ejecutivo de Administración y Conservación de los Recursos Naturales Autoridad Regional Ambiental 1280790-1 Otorgan concesión con fines de conservación a favor de Asociación de Agricultores Montes del Sinai, ubicada en el departamento de San Martín (Se publica la presente Resolución a solicitud del Gobierno Regional de San Martín, mediante Ofi cio N° 926-2015-GRSM/ORA, recibido el 28 de agosto de 2015) RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 002-2015/GRSM/ARA/DEACRN Moyobamba, 3 de febrero del 2015 VISTO: El Informe Técnico Nº 027-2014-GRSM/ARA/ DEACRN/ACSA, de fecha 17 de diciembre del 2014, mediante el cual se recomienda aprobar la Propuesta Técnica presentada por el señor Jorge Díaz Cotrina, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 33671663, en representación de la Asociación de Agricultores Montes del Sinai, para el otorgamiento de una concesión directa de un área con fi nes de conservación, a desarrollarse en 7,554.96 hectáreas, ubicada en los distritos de Uchiza y Tocache, Provincia de Tocache, departamento de San Martín; la misma que tendrá la denominación de Concesión para Conservación “Bosques de Sinai”; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece, que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica; Que, la Ley Nº 29376, establece en su artículo 2º la restitución de la Ley Nº 27308 Ley Forestal y de Fauna Silvestre, su Reglamento, modifi catorias y demás normas complementarias; así también el artículo 4º de la mencionada Ley precisa que las funciones del que fue el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los Gobiernos Regionales dentro del marco de sus competencias; Que, la Resolución Ministerial Nº 0792-2009-AG, de fecha 11 de noviembre del año 2009, da por concluido el proceso de Efectivización de Transferencia de Funciones Específi cas consignadas en los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al Gobierno Regional de San Martín, convirtiéndose en el ente competente para el otorgamiento de concesiones forestales, como es el caso de las concesiones para conservación; Que, con Ordenanza Regional Nº 003-2013-GRSM/ CR, de fecha 04 de marzo de 2013, el Consejo Regional de San Martín, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional de San Martín, que considera a la Autoridad Regional Ambiental – ARA como uno de sus órganos desconcentrados con autonomía técnica y administrativa para atender las funciones específi cas sectoriales en materia de; Recursos Naturales, Áreas Protegidas, Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial; así mismo lo declara en proceso de reestructuración a efecto de su adecuación al diseño organizacional planteado por el Ejecutivo Regional, en el marco del proceso de modernización del Gobierno Regional de San Martín; Que, conforme al artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Autoridad Regional Ambiental, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº