Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2015 (02/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
Tipo de PrograCofiNº nancia- ma o promiento yecto

Miércoles 2 de diciembre de 2015 /
Monto aprobado S/. (En Nuevos Soles)

El Peruano
Monto Total S/. (En Nuevos Soles)

Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/. 1'030,116.00, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica. En tal sentido, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de: (i) Junta Nacional del Café, por la suma de S/. 988,970.00, para cofinanciar el proyecto "Desarrollo de capacidades técnicas en la producción masiva de plantas con la técnica de Embriogénesis Somática (ES), y generación de una demanda por variedades modernas de café", y (ii) Academia Nacional de Ciencias, por la suma de S/. 41,146.00, para cofinanciar el proyecto "Tercer Taller Descentralizado de Mujeres Científicas del Perú, Zona Sur: Producción de Conocimientos en Ciencia y Tecnología"; ambas en cuanto beneficiarias de los Convenios de Subvención suscritos con el FONDECYT mencionados en el considerando precedente. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario Nºs 0000000548 y 0000000833, así como copias del Convenio Marco de Subvención celebrado entre el FONDECYT y la Academia Nacional de Ciencias, así como de su primera adenda, del Convenio Específico de Subvención celebrado entre el FONDECYT y la Academia Nacional de Ciencias con fecha 13 de noviembre de 2015, y del Convenio de Subvención Nº 079-2014-FONDECYT, así como de su primera y segunda adenda; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 31-2015-FONDECYT-UPP-UAJUSM-UES, así como de los demás aspectos técnicos y legales contenidos en el Reglamento de Subvenciones Especiales a la Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en el Convenio de Subvención Nº 079-2014-FONDECYT, en el Convenio Específico de Subvención celebrado entre el FONDECYT y la Academia Nacional de Ciencias y sus respectivas adendas, así como el cumplimiento de los criterios establecidos por el FONDECYT para suscribir convenios que se enmarquen en lo establecido en el Literal a.4) del Numeral 4.2 de la Directiva, señalados en el tercer considerando de la presente Resolución; Que, mediante Informe Nº 309-2015-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas solicitadas por FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/.1'030,116.00, con el cual se cofinanciarán los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica señalados en el Informe Técnico Legal Nº 31-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES; Que, con el Informe Nº 316-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 31-2015-FONDECYT-UPPUAJ-USM-UES, y en el Informe Nº 309-2015-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en los Literales a.3) y a.4) del Numeral 4.2 de la Directiva, toda vez que el FONDECYT ha suscrito un Convenio de Subvención al amparo del Reglamento de Subvenciones Especiales a la Ciencia, Tecnología e Innovación, aprobado por Resolución de Presidencia Nº 191-2014-CONCYTEC-P, así como un Convenio Específico de Subvención bajo el Convenio Marco de Subvención celebrado entre el FONDECYT y la Academia Nacional de Ciencias, respectivamente; Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT; y, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma de S/. 1'030,116.00; en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, conforme al detalle siguiente:

Programa o proyecto

Institución

Proyecto Subvención a 1 personas jurídicas privadas Proyecto

"Desarrollo de capacidades técnicas en la producción masiva de plantas con la técnica de Embriogé- Junta Nacional 988,970.00 nesis Somática (ES), del Café y generación de una demanda por variedades modernas 1'030,116.00 de café" "Tercer Taller Descentralizado de Mujeres Científicas Academia del Perú, Zona Sur: Nacional de 41,146.00 Producción de ConoCiencias cimientos en Ciencia y Tecnología" Monto Total S/. 1'030,116.00

Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1318231-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de noviembre de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 442-2015-INEI Lima, 1 de diciembre 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-11-2015/DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de noviembre de 2015, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas

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