Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2015 (02/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de diciembre de 2015 /

El Peruano

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan representante del COFOPRI ante el Comité Multisectorial de la Región Moquegua
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 144-2015-COFOPRI/DE Lima, 30 de noviembre de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 1054-2015-COFOPRI/DFINT del 02 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección de Formalización Integral y el Memorándum Nº 1460-2015-COFOPRI/OCD del 04 de noviembre de 2015, emitido por la Oficina de Coordinación Descentralizada del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, el Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, es la máxima autoridad, quien ejerce la titularidad del Pliego; Que, la Ley Nº 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional para las Zonas de Muy Alto Riesgo No Mitigable y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2013-PCM, tienen por objeto el declarar de necesidad pública e interés nacional el reasentamiento poblacional de las personas ubicadas en zonas de muy alto riesgo no mitigable dentro del territorio; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 3792015-GR/MOQ del 30 de junio de 2015, se conformó el Comité Multisectorial de la Región Moquegua, como instancia de coordinación interinstitucional entre los sectores, el Gobierno Regional de Moquegua, los Gobiernos Locales involucrados en el proceso de Reasentamiento Poblacional e Instituciones Técnicas para el asesoramiento y asistencia técnica del Proceso de Reasentamiento Poblacional de los Centros Poblados ubicados en la Zona de Muy Alto Riesgo No Mitigable del área de influencia del Volcán Ubinas; Que, el artículo primero de la resolución mencionada en el párrafo precedente, establece que el Comité Multisectorial de la Región Moquegua, estará integrado, entre otros por los representantes del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, mediante Memorándum Nº 1054-2015-COFOPRI/ DFINT del 02 de noviembre de 2015, la Dirección de Formalización Integral encuentra factible la participación de la Oficina Zonal de Moquegua, como representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ante el Comité Multisectorial de la Región de Moquegua; Que, en tal sentido resulta conveniente designar al Jefe de la Oficina Zonal de Moquegua, como representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ante el Comité en mención; Con el visado de la Secretaría General, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, al Jefe de la Oficina Zonal de Moquegua como representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ante el Comité Multisectorial de la Región Moquegua, conformada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 3792015-GR/MOQ. Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución al funcionario a cargo de la Oficina Zonal de Moquegua

del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional: www.cofopri.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA FERREYROS PAREDES Directora Ejecutiva 1318194-1

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Dan por concluida designación y encargan funciones de Contadora General del Departamento de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas del SENCICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 146-2015-02.00 Lima, 30 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, es una entidad de tratamiento especial, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley de Organización y Funciones, aprobada por Decreto Legislativo N° 147, concordante con lo establecido en el artículo 2° de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, es atribución del Consejo Directivo Nacional, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza en aplicación al Reglamento de Organización y Funciones, así como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, mediante Acuerdo N° 1091-02 del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, adoptado en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de Febrero de 2014, se delegó al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3° que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de tal Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondientes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 115-2015-02.00 de fecha 3 de Setiembre de 2015, se designa con eficacia anticipada al 3 de Setiembre del 2015 al CPC. José Alberto Martín Rivera Paredes, en el Cargo de Confianza de Contador General del Departamento de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas, Categoría D1, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO; Que, se ha estimado por conveniente dar por concluida la designación del CPC. José Alberto Martín Rivera Paredes, en el Cargo de Confianza de Contador General del Departamento de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas, Categoría D1, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 115-2015-02.00 de fecha 3 de Setiembre de 2015;

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