Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2015 (02/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 2 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

567653

Geográficas, correspondientes al mes de noviembre de 2015, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: ÍNDICE CÓDIGO 30 34 39 47 49 53 NOVIEMBRE 2015 462,65 453,09 420,80 544,59 298,83 632,49

Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1318414-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican artículos 1° y 2° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 001-2015-OEFA/PCD, sobre delegación de facultades en la Secretaría General y en la Oficina de Administración del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 128-2015-OEFA/PCD Lima, 1 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe N° 503-2015-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2015 (en adelante, el Decreto de Urgencia) se dictaron medidas extraordinarias, en materia económica y financiera que permiten a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales intervenir de manera inmediata en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015 - 2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, mediante la ejecución de actividades y proyectos de reducción de riesgos, preparación y respuesta; Que, el Numeral 7.1 del Artículo 7º de dicha norma establece un procedimiento especial de contratación y faculta a las entidades listadas mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros a aplicar dicho procedimiento para la contratación de bienes y servicios que se requieran para atender los riesgos y posibles efectos del Fenómeno El Niño 2015 - 2016; Que, asimismo, el Numeral 7.2 del Artículo 7° del Decreto de Urgencia establece que el citado procedimiento especial se aplica a los procesos de selección convocados hasta el 31 de marzo del 2016, siempre que, entre otros aspectos, corresponda a la contratación de bienes y servicios cuyo valor referencial o estimado supere los S/. 40 000.00 (Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles), y que los bienes y servicios a ser contratados se encuentren incluidos en la lista aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, respecto de ello, cabe indicar que mediante Resolución Ministerial N° 266-2015-PCM se aprueba el Segundo Listado de Entidades que pueden aplicar el procedimiento especial de contratación establecido en el Artículo 7° del Decreto de Urgencia, incluyéndose en el Numeral 25 del Anexo "A" al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, sobre el particular, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 125-2015-OEFA/PCD, modificada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 126-2015-OEFA/PCD, se aprobó el listado de bienes y servicios a ser contratados por el OEFA; Que, considerando lo expuesto y en atención a que el Literal i) del Artículo 15° del Reglamento de

Organización y Funciones (ROF) del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2019-MINAM, establece que el Presidente del Consejo Directivo se encuentra facultado a delegar funciones relacionadas con las competencias de su cargo, siempre que no sean privativas del mismo, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 503-2015-OEFA/OAJ del 30 de noviembre del 2015, ha recomendado delegar, en la Secretaría General y en la Oficina de Administración, funciones para intervenir en las contrataciones de bienes y servicios que se desarrollen en el marco del procedimiento especial establecido en el Decreto de Urgencia; Que, con la finalidad de contar con una mayor fluidez en las contrataciones de bienes y servicios que se desarrollen en el marco del procedimiento especial de contratación establecido en el Decreto de Urgencia, y poder así cumplir con el objetivo de intervenir de manera inmediata en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015 - 2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, establecido en el citado dispositivo legal, este despacho considera pertinente emitir el acto administrativo por medio del cual se delegue las referidas facultades; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Literales i) y t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incorporar el Subnumeral 1.2.10 al Numeral 1.2 del Artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 001-2015-OEFA/ PCD de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA durante el Año Fiscal 2015: (...) 1.2 Facultades en materia de Contrataciones del Estado: (...) 1.2.10 Para la contratación de bienes y servicios, que se requieran para atender los riesgos y posibles efectos del Fenómeno El Niño 2015 -2016, que se efectúen en el marco del procedimiento especial de contratación establecido en el Decreto de Urgencia N° 004-2015: a) Aprobar los expedientes de contratación de montos iguales o mayores a S/. 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles). b) Aprobar las bases administrativas de montos iguales o mayores a S/. 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles). c) Aprobar la cancelación de procedimientos especiales de contratación de montos iguales o mayores a S/. 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles). d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria suficiente. Dicha autorización debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de procedimientos especiales de contratación de montos iguales o mayores a S/. 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles). e) Autorizar la reducción de prestaciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha autorización debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de procedimientos especiales de contratación de montos iguales o mayores a S/. 400 000,00 (Cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles). f) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos especiales de contratación". Artículo 2°.- Incorporar el Subnumeral 2.1.14 al Numeral 2.1 del Artículo 2° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 001-2015-OEFA/ PCD de acuerdo al siguiente texto:

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