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567647 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de diciembre de 2015 El Peruano / al mes reportado, respecto de la información de los Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción de acuerdo a los formatos contenidos en los Anexos de la Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2015-OS/CD. La información será remitida vía el Sistema de Información habilitado por Osinergmin para tal fi n. 8.2 Determinación de la muestra a supervisar 8.2.1 La determinación de la muestra se realizará considerando el número de Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción reportados por el Concesionario de acuerdo al numeral 8.1 del presente procedimiento, de acuerdo al período de evaluación establecido en el Procedimiento de Liquidaciones. 8.2.2 Asimismo, previamente a la determinación de la Muestra, se realizará una revisión de las características de la información señalada en el numeral 8.1 del presente procedimiento con el fi n de evitar dejar algún Estrato sin representación en la Muestra por el bajo número de Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción, los cuales deberán ser separados de la Población para ser inspeccionados en su totalidad. 8.2.3 La metodología para la selección de la Muestra se basa en la teoría del muestreo por afi jación o distribución proporcional. Para ello se deberá aplicar la fórmula siguiente: ⎥ ⎥ ⎥ ⎥ ⎥ ⎦ ⎤ ⎢ ⎢ ⎢ ⎢ ⎢ ⎣ ⎡ ⎟⎟ ⎠ ⎞ ⎜⎜ ⎝ ⎛ ∑ + ⎥ ⎥ ⎦ ⎤ ⎢ ⎢ ⎣ ⎡ ∑ = N h h S h W t d h h S h W t n 2 2 2 2 2 α α Donde: N: Población. n: Tamaño de muestra tĮ: tĮ = 1.645 es el valor de la distribución t de student correspondiente al 95% de confi anza d: d, el error relativo, se ha fi jado en 5% Sh 2: Varianza de la proporción estimada por estrato ph, la misma que se defi ne como ph(1–ph) que resulta igual a 0.25, donde ph es la proporción de benefi ciarios del Mecanismo de Promoción en el estrato h, la cual se ha asumido igual a 0.5 a fi n de maximizar la varianza, dado que no se tiene información previa sobre este parámetro por zona del área de la concesión Wh: Número de benefi ciarios del mecanismo de promoción en el estrato h / número de benefi ciarios del mecanismo de promoción totales 8.2.4 Posteriormente, se asignará el tamaño de Muestra de manera proporcional a cada Estrato. La selección de la Muestra de cada Estrato se realizará de manera aleatoria. 8.3 Información para evaluación Para efectos de la supervisión del cumplimiento de la aplicación del Mecanismo de Promoción, la GFGN solicitará al Concesionario la información siguiente: a) Copia digital de los Contratos de Suministro, y la documentación que sustente los cargos cobrados por conceptos de derecho de conexión, acometida, instalación interna y el Descuento de Promoción aplicado. b) Copia del Compromiso de Pago, así como la documentación que acredite el pago al Instalador Independiente con Contrato Directo, en los casos de Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción con Contrato Directo. c) Actas de Habilitación. d) Facturas o comprobantes de pago del suministro de gas natural por red de ductos. La información será del total de Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción reportados o de la Muestra, según los criterios establecidos en el numeral 8.2 del presente procedimiento. El Concesionario deberá remitir la información solicitada en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida la notifi cación. 8.4 Criterios para la verifi cación de la información 8.4.1 Criterio para la verifi cación del Indicador IMPCR En los Contratos de Suministro se verifi cará que el Benefi ciario del Mecanismo de Promoción corresponda a un Consumidor de la categoría tarifaria A y de tipo residencial. 8.4.2 Criterio para la verifi cación del Indicador INSE En los Contratos de Suministro se verifi cará que el domicilio del Benefi ciario del Mecanismo de Promoción se encuentre ubicado en una zona geográfi ca del nivel socio- económico Medio, Medio Bajo o Bajo según la última edición ofi cial del Plano Estratifi cado a nivel de manzana por ingreso per cápita del hogar desarrollado por el INEI. 8.4.3 Criterio para la verifi cación del Indicador IDP Se verifi cará la correcta aplicación de los cargos cobrados por conceptos de derecho de conexión y acometida conforme a lo aprobado en los procesos tarifarios correspondientes. Para el caso del costo de la instalación interna, se verifi cará que el importe cobrado corresponde a la sumatoria del Costo Unitario Directo de Equipos y Mano de Obra, y del Costo Unitario Directo de Materiales para las Instalaciones Internas fi jados por Osinergmin como resultado del Procedimiento de Licitaciones, o Precio Estándar. Asimismo, se verifi cará la correcta aplicación del Descuento de Promoción, para lo cual el Concesionario deberá considerar asignar el descuento en el siguiente orden de prelación: costo unitario de la instalación interna, costo de la acometida y costo del derecho de conexión. Para el caso de los Benefi ciarios del Mecanismo de Promoción con Contrato Directo, se verifi cará que los costos por instalación interna correspondan a los importes consignados en el Compromiso de Pago, asimismo se verifi cará la correcta aplicación del Descuento de Promoción para el costo de la Acometida y del Derecho de Conexión conforme los criterios establecidos en el numeral 5.8 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2015-OS/CD. 8.4.4 Criterio para la verifi cación del Indicador ICRH Se verifi cará que las Actas de Inspección acrediten que la instalación interna se encuentre habilitada conforme a lo dispuesto en el Procedimiento de Habilitaciones. 8.4.5 Criterio para la verifi cación del Indicador IPEI Se verifi cará que el pago de los Instaladores Independientes con Contrato Directo se realice dentro de los cinco días (05) hábiles desde la presentación de los requisitos señalados en el numeral 5.8 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2015-OS/CD. 8.5 Indicadores de Supervisión 8.5.1 Indicador de la No aplicación del Mecanismo de Promoción para consumidores residenciales (IMPCR) Porcentaje de consumidores de la Población reportados por el Concesionario que no califi quen como consumidores residenciales.