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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (07/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

568115 NORMAS LEGALES Lunes 7 de diciembre de 2015 El Peruano / Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo, dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del proceso de Modernización de la Gestión Pública y en coordinación con otras entidades cuando por la materia a desarrollar ello sea necesario, tendrá a su cargo la articulación, seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, plantea la Visión de un Estado moderno al servicio de las personas, que implique, entre otros, un Estado orientado al ciudadano, efi ciente, inclusivo y abierto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 048-2013- PCM se aprueba el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa 2013 - 2016, que tiene como objetivo general mejorar la calidad, la efi ciencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública; Que, en ese contexto mediante Resolución Ministerial Nº 156-2013-PCM se aprueba el “Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía”, con la fi nalidad de brindar criterios y lineamientos de obligatorio cumplimiento para las entidades de la Administración Pública con la fi nalidad de mejorar la labor desempeñada en la atención otorgada al ciudadano y en la provisión de bienes y servicios públicos; estableciendo objetivos específi cos referidos a contar con un marco conceptual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía dentro del proceso de Modernización de la Gestión Pública y defi nir los estándares de calidad que deben orientar la labor de las entidades públicas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2015- PCM, se aprueba el nuevo “Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía”, con la fi nalidad de incorporar el enfoque de interculturalidad y de género; Que, la citada Resolución Ministerial establece en su Única Disposición Complementaria Transitoria, que el proceso de implementación del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la Administración Pública se efectuará en forma progresiva; estableciendo para tal efecto que, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contados a partir de su entrada en vigencia, mediante resolución de Secretaría de Gestión Pública, se aprobarán las normas complementarias que establezcan los mecanismos, condiciones y plazos para garantizar su implementación progresiva, así como su seguimiento y evaluación; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar las normas complementarias para establecer los mecanismos, condiciones y plazos para garantizar la implementación progresiva del Manual para mejorar la atención a la ciudadanía, así como su seguimiento y evaluación; De conformidad con lo establecido en; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias y la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial 186-2015-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de Lineamientos Apruébense los Lineamientos para el proceso de implementación progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la administración pública, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 186-2015-PCM, los mismos que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución. Descubre lo nuevo que tiene www.andina.com.pe MEDIOS PÚBLICOS PARA SERVIR AL PÚBLICO El éxito de una web radica cuando se vuelve útil para nuestras vidas