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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (07/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

568123 NORMAS LEGALES Lunes 7 de diciembre de 2015 El Peruano / Mapa 1. Ubicación. Se debe presentar mapa(s) indicando el área de las ampliaciones y/o modifi caciones del proyecto que cuente con Instrumento de Gestión Ambiental aprobado. Para el caso de actividades de comercialización de hidrocarburos, se debe presentar lo siguiente: 1) Mapa de ubicación del establecimiento de venta de combustibles líquidos, GLP para uso automotor, GNV y/o GNC, y plantas envasadoras indicando las ampliaciones y/o modifi caciones; y 2) Plano con diseño de distribución indicando las ampliaciones y/o modifi caciones. Mapa 2. Área de infl uencia. Se debe presentar mapa(s) indicando el área de infl uencia directa e indirecta de la(s) ampliación(es) y/o modifi cación(es) del proyecto, dicho mapa debe indicar igualmente el emplazamiento actual del proyecto. Asimismo, en caso de existir actividades económicas en el entorno que por su extensión presente alguna interacción con el proyecto, también deberán ser indicadas. Mapa 3. Ubicación de Estaciones de Monitoreo Ambiental. Se debe presentar mapa(s) indicando la ubicación de las estaciones de monitoreo ambiental, tanto físico y biológico, dicho(s) mapa(s) debe indicar además el emplazamiento actual del proyecto, y las unidades de vegetación. Otros mapas y/o planos que el Titular considere conveniente. Anexo 1.2 Para actividades de comercialización de hidrocarburos que no cuenten con certifi cación ambiental La estructura del PAA corresponde a establecimientos de venta al público de combustibles líquidos, gasocentros (GLP uso automotor), estaciones de Gas Natural Vehicular (GNV), estaciones de Gas Natural Comprimido (GNC), y plantas envasadoras que no cuenten con certifi cación ambiental (Supuesto 2). I. DATOS GENERALES Nombre del establecimiento de venta al público de combustibles líquidos, GLP para uso automotor, GNV y/o GNC y plantas envasadoras. Nombre completo o razón social del Titular del Proyecto. Nombre completo del Representante Legal, en caso corresponda. Nombres completos de los profesionales, indicando profesión y especialización, así como número de colegiatura y fi rma de los profesionales que elaboraron el PAA, según corresponda (Adjuntar copia del certifi cado de habilidad vigente del respectivo colegio profesional) o Empresa consultora inscrita en el Registro de Entidades Autorizadas a Realizar Estudios de Impacto Ambiental en el Sector Energía. Número de Escrito mediante el cual comunicó su intención de acogimiento al PAA. Ubicación Av. / Jr. / Calle : Distrito: Urbanización: Provincia: Departamento/Región: Ubicación en coordenadas UTM (WGS 84): (Adjuntar plano y/o mapa de ubicación del establecimiento de venta de combustibles líquidos, GLP para uso automotor, GNV y/o GNC) II. DESCRIPCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PÚBLICO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, GLP PARA USO AUTOMOTOR, GNV Y/O GNC Y PLANTAS ENVASADORAS • Precisar superfi cie total cubierta del establecimiento. • Tiempo de vida útil (operación y mantenimiento). • Situación legal del predio o establecimiento. • Descripción de los componentes del establecimiento de venta de combustibles líquidos, GLP para uso automotor, GNV y/o GNC y plantas envasadoras. (Adjuntar planos con diseño de la infraestructura existente). • Presentar un diagrama de fl ujo cuantifi cado de las actividades de comercialización, incluyendo las modifi cación(es) y/o ampliación(es) según las etapas del proyecto (operación, mantenimiento y cierre) donde se precise los usos (industrial, doméstico u otros), el cual indique el volumen de agua en l/s y m3/día. • Señalar la infraestructura de servicios con la que cuente el establecimiento: red de agua potable, alcantarillado, red eléctrica, de gas natural, sistema municipal de captación de aguas de lluvia, vías de acceso, u otros. • De ser el caso, precisar la ubicación (coordenadas UTM WGS 84) de la fuente de abastecimiento de agua y/o puntos de captación, e indicar las resoluciones de los derechos y/o autorizaciones vigentes. • Para aquellos proyectos que no cuenten con derecho de uso de agua deberá solicitar el derecho correspondiente de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. • En caso de que el establecimiento tenga vertimientos de aguas residuales tratadas deberá describir el sistema de tratamiento y disposición de las aguas residuales tratadas indicando su disposición fi nal, incluir el manual de operación y mantenimiento del sistema de tratamiento, presentar las características físicas, químicas y microbiológicas y volúmenes mensuales de las aguas residuales tratadas. Asimismo, la evaluación ambiental del efecto del vertimiento en el cuerpo receptor, que incluya: el cálculo de la carga y dilución en el cuerpo receptor, la extensión de la zona de mezcla (hoja de cálculo), y los posibles impactos en la referida zona. • Si considera el reúso de aguas residuales tratadas deberá: presentar memoria descriptiva de las condiciones que posibilitan el reúso, indicando el tratamiento, volumen y uso destinado. Así como evaluar la calidad de las aguas destinadas para el reuso; en el caso de aquellas aguas orientadas al riego, tomar en consideración lo establecido en las Directrices de la Organización Mundial de la Salud – OMS, así como precisar el área y las especies cultivadas. III. CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL 1. Presentar descripción de las características del entorno, principalmente las características del medio físico, biológico, socioeconómico y cultural del ámbito donde se ubica el establecimiento, según corresponda. 2. Indicar la profundidad de la napa freática, proximidad (distancia) a fuentes o cursos de agua naturales o antrópicos. 3. Presentar descripción de los principales problemas ambientales que existen dentro del establecimiento y su entorno, así como, de aquellas afectaciones generadas por la actividad. 4. Presentar la evaluación de la calidad de agua superficial de los cuerpos de agua dentro del área de influencia conforme al Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial (Resolución Jefatural N° 182-2001-ANA) indicando los puntos de muestreo, frecuencia de evaluación; interpretación de los resultados según la categoría aplicable y vigente (Resolución Jefatural N° 202-2010-ANA o posterior) considerando los Estándares de Calidad Ambiental para agua (Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM). Así como incluir la evaluación de Fenoles, Hidrocarburos Aromáticos policiclos (PAH’s) e Hidrocarburos totales de petróleo (TPH), cuyo análisis comparativo con normas internacionales de ser el caso. Asimismo, de ser necesario, presentar la evaluación de la calidad de aguas subterráneas ubicadas en el área de influencia tomando en consideración los siguientes parámetros: temperatura, conductividad, densidad, color, turbidez, sólidos suspendidos totales, pH, sales disueltas, alcalinidad, acidez, dureza total, materia orgánica, fenoles, TPH y PAH’s. La interpretación y análisis serán de manera referencial según normas internacionales.