Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2015 (11/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 11 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 40 -2015. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación de Procedimiento Aprobar el "Procedimiento para la supervisión del Plan Quinquenal de Inversiones", que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Dictar disposiciones complementarias Autorizar a la Gerencia General de Osinergmin a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente resolución. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicación en el portal institucional de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe) conjuntamente con su exposición de motivos y evaluación de comentarios. Artículo 4°.-Vigencia La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DEL PLAN QUINQUENAL DE INVERSIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo. Definir el procedimiento para la supervisión del Plan Quinquenal de Inversiones y de los respectivos Planes Anuales estableciendo para ello disposiciones sobre el reporte de ejecución de las obras que deberá presentar el Concesionario; así como, las disposiciones para evaluar y calificar las excepciones de cumplimiento de la ejecución del Plan Anual de Inversiones. Artículo 2.- Alcance. La presente norma regirá para todas las empresas concesionarias de distribución de gas natural por red de ductos, que cuenten con un Plan Quinquenal de Inversiones debidamente aprobado. Artículo 3.- Definiciones y/o términos. Para efectos de aplicación del presente procedimiento, se debe tener en cuenta las siguientes definiciones: a. Concesionario: Persona jurídica nacional o extranjera, establecida en el Perú conforme a las leyes peruanas, a quien se le ha otorgado una concesión para prestar el servicio de distribución de gas natural por red de ductos en una determinada zona. b. Estrato: Conjunto de instalaciones de la Población, aprobadas en el Plan Anual de Inversiones que pertenecen a un departamento y/o provincia y/o distrito de la Concesión. c. Excepción: Situación no atribuible al Concesionario, que impide que cumpla con la ejecución del Plan Quinquenal de Inversiones y de los respetivos Planes Anuales. Esta debe ser calificada y aprobada por la GFGN de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° del Procedimiento. d. Fecha de puesta en servicio: Para las instalaciones existentes es la fecha en la cual la instalación está operativa y en operación comercial. Para el caso de las instalaciones proyectadas será la fecha estimada a partir de la cual estará operativa y prestando servicio. e. GART: Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de Osinergmin.

f. GFGN: Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de Osinergmin. g. Instalaciones: Redes de acero, polietileno y/o estaciones de regulación y/o City Gate que las empresas concesionarias presentan, según lo dispuesto en el numeral 5.1.2.7 de la Resolución de Consejo Directivo N° 188-2012-OS/CD (en adelante Procedimiento VNRGN, o el que lo sustituya), que forman parte de su Plan Anual de Inversiones aprobado. h. Muestra: Conjunto de instalaciones que se determina de acuerdo a lo señalado en el presente procedimiento, la misma que es representativa, permitiendo inferir características, patrones y comportamientos de la totalidad de la Población. i. Plan Quinquenal de Inversiones: Programa de ejecución del Sistema de Distribución elaborado por el Concesionario para un período de cinco (05) años, el cual se considera en la regulación y/o base tarifaria aprobada por Osinergmin. j. Plan Anual de Inversiones: Programa de inversiones de las obras que desarrollará el Concesionario para los próximos doce (12) meses, el cual está previsto conforme a su Plan Quinquenal de Inversiones. Los Planes Anuales deben ser diseñados de acuerdo con el Plan Quinquenal de Inversiones aprobado por Osinergmin. k. Población: Conjunto total de Instalaciones, reportadas por el Concesionario, para acreditar el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Plan Anual aprobado por Osinergmin. l. Reglamento de Distribución: Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, así como sus modificatorias o sustitutorias. m. Reporte de Avance de Ejecución de Plan Quinquenal de Inversiones: Documento elaborado por el Concesionario, de acuerdo al formato establecido en el presente procedimiento, a través del cual se informa a Osinergmin sobre la infraestructura construida y habilitada del Sistema de Distribución, conforme al contenido señalado en el artículo 8° del presente procedimiento. n. Sistema de Distribución: Definido en el numeral 2.23 del artículo 2° del Reglamento de Distribución. o. Sistema de Información: Sistema desarrollado por Osinergmin para la remisión de la información por parte del Concesionario. Estas definiciones deberán entenderse conforme a las normas legales vigentes. TÍTULO II PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION DEL PLAN QUINQUENAL DE INVERSIONES Artículo 4.- Autoridad Competente. La GFGN se encargará de la supervisión de la ejecución del Plan Quinquenal de Inversiones y los respectivos Planes Anuales de Inversiones, debidamente aprobados por Osinergmin. Asimismo, la GFGN será la encargada de evaluar y calificar las excepciones de cumplimiento de la ejecución del Plan Anual de Inversiones. Artículo 5.- Exigibilidad de la ejecución del Plan Quinquenal de Inversiones y del Plan Anual de Inversiones. Aprobados, el Plan Quinquenal de Inversiones y los respectivos Planes Anuales de Inversiones son de obligatorio cumplimiento por parte del Concesionario, encontrándose su inobservancia sujeta a las sanciones que Osinergmin imponga en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones correspondiente, salvo las excepciones de cumplimiento de la ejecución de los Planes Anuales de Inversiones debidamente acreditadas por el Concesionario y calificadas como

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