Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2015 (17/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de diciembre de 2015 /

El Peruano

procedimiento administrativo, se encuentran pendiente de cobro, tanto en la vía administrativa, como en la vía coactiva; Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, a través de la Ordenanza Nº 035-2014-MPC, aprobó "La amnistía no tributaria para Infracciones al Tránsito y Transporte e Internamiento de Vehículo en el Depósito Municipal Vehicular"; en ese aspecto los conductores que mantenían deudas pendientes, originadas por dichas infracciones, tuvieron la oportunidad de acogerse al citado beneficio, obteniendo descuentos considerables en los montos totales de sus infracciones y depósito municipal; Que, a la fecha se observa que aún existe una significativa cartera de deudas pendientes por cobrar por concepto de infracciones, los que hace un alto índice de morosidad de conductores y propietarios de unidades vehiculares; empero, resulta conveniente otorgar ampliación de fecha del beneficio en el ámbito de aplicación de la Ordenanza de amnistía anterior, para que conductores y propietarios de vehículos puedan acoger y subsanar su relación de deudas pendientes de pago que han adquirido con la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, de igual forma es de considerar las deudas que mantienen algunos administrados por concepto de internamiento de sus unidades vehiculares, y que habiendo sido internados por cometer infracciones, por disposiciones judiciales y policiales, entre otros, han acumulado deudas exorbitantes que superan en algunos casos el valor real de la unidad internada; Estando a lo expuesto, con la aprobación unánime de los Señores Regidores del Pleno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA DE AMNISTÍA NO TRIBUTARIA PARA INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE E INTERNAMIENTO DE VEHÍCULO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Artículo 1º.- Del Beneficio de infracciones Otorgar beneficio de amnistía no tributaria, en el pago de las deudas por infracciones al tránsito y transporte, impuestas hasta el día 31 de Mayo del 2015. Artículo 2º.- Del Beneficio para liberación de vehículo Otorgar el beneficio de amnistía de las deudas originadas por concepto de internamiento de vehículos, recaídos sobres las unidades internadas en el depósito Municipal Vehicular hasta el 31 de Mayo 2015, por disposición judicial, fiscal, policial, infracciones y otros, conforme al porcentaje previsto en el artículo 6º de la presente ordenanza. Artículo 3°.- Del descuento Establecer un descuento del 60% a todas las infracciones al tránsito y transporte cometidas hasta el 31 de Mayo del 2015, siempre que los conductores y propietarios de las unidades vehiculares infraccionados se apersonen por ante la Municipalidad Provincial de Cañete y efectúen el pago en efectivo conforme a liquidación; el beneficio comprende las infracciones que se encuentren en proceso de cobranza vía administrativa o vía ejecución coactiva; el beneficio comprende las infracciones que se encuentren en proceso de cobranza vía administrativa o vía ejecución coactiva. Artículo 4º.- Beneficios en procedimiento de fraccionamiento Los administrados que con anterioridad a la vigencia de la norma, hubiesen solicitado y obtenido el fraccionamiento de sus deudas, también podrán acogerse al presente beneficio, en cuyo caso la deuda estará representada por el saldo pendiente de pago, sobre el cual se deberá de realizar el descuento previsto en el artículo 3º de la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- Beneficio en procedimiento en ejecución coactiva Los administrados deudores de infracciones al tránsito y/o transporte, y que en el procedimiento de cobranza se encuentre con medidas cautelares de embargo, captura de vehículo y otros, pueden acogerse al descuento previsto en la presente ordenanza, los que adicionalmente obtendrán la exoneración de los gastos accesorios, intereses, costas o gastos administrativos que hubiera generado en el trámite del cobro de la obligación. Artículo 6º.- Beneficio para liberación de vehículo Establecer el beneficio del descuento del 60% del monto total de las deudas contraídas por concepto de Internamiento de Vehículo que mantengan los administrados por el internamiento de sus unidades vehiculares en las instalaciones del Depósito Municipal Vehicular de la Municipalidad Provincial de Cañete y que hayan sido internado por disposición judicial, fiscal, policial y/o infracciones al tránsito o transporte. El monto total afecto al descuento, se determinará en la liquidación que realice la Sub Gerencia de Control y Sanciones de la Gerencia de Transporte, al momento que el administrado presente su solicitud de acogimiento al beneficio, debiendo de efectuar un único pago en efectivo por el monto deducido como saldo pendiente. Artículo 7º.- Requisitos para beneficio de liberación de vehículo Los administrados para la liberación de vehículo, deberán presentar el recibo de pago de cancelación señalado en el artículo anterior; además deben de presentar los requisitos exigidos en el TUPA vigente y el documento emitido por la autoridad competente en donde se exprese taxativamente la disposición de entrega de la unidad vehicular a su propietario. Siendo improcedente todos los procedimientos que se presente sin el requisito previsto por el presente artículo. Artículo 8º.- Suspensión del procedimiento de fraccionamiento Durante la vigencia de la presente ordenanza queda suspendido y por tanto no aplicable el procedimiento de fraccionamiento de pago para las deudas contraídas hasta el 31 de Mayo 2015 por concepto de infracciones al tránsito y al transporte. Artículo 9º.- Reinicio de cobro Establézcase, que concluido el periodo de vigencia de la presente ordenanza y bajo responsabilidad de los funcionarios competentes, se reiniciará la ejecución de cobranza a favor de la Municipalidad Provincial de Cañete, así como las acciones administrativas en contra de los deudores que no se acogieron al beneficio otorgado por la presente ordenanza. Artículo 10º.- Del plazo de vigencia El plazo de vigencia de la presente ordenanza es de 90 días calendaríos, que se contabilizará al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 11º.- De la Publicación Encárguese a la Gerencia de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete, la publicación efectiva de la presente Ordenanza, así como la difusión a través de la Oficina de Relaciones Públicas y de los medios informativos locales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1323910-1

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