Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2015 (17/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de diciembre de 2015 /

El Peruano

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (e) VISTA: Las solicitudes de autorización presentadas por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de seis (06) oficinas en modalidad de agencia ubicadas en los departamentos de Lima (01), Junín (01) y Huánuco (04), respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 10 de noviembre de 2015, se aprobó la apertura de las referidas agencias; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación requerida para la apertura de oficinas, conforme lo establece el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 128832009 y Resolución Administrativa SBS Nº 625-2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A. la apertura de seis (06) oficinas en la modalidad de agencia, ubicadas en las direcciones señaladas en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 7322-2015
Nº Dirección Distrito Provincia Lima Departamento Lima

GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional Huánuco, de fecha nueve de setiembre del año dos mil quince, el Dictamen Nº 004-2015-GRH-CR/NAOC/CPDS, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Social, relacionado a la propuesta de Modificación de la Ordenanza Regional Nº 031-E- 2005 COREJ-HCO (Consejo Regional de Juventudes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 60º, literal a) señala que en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, los Gobiernos Regionales tienen entre otras funciones de formular, aprobar, y evaluar las políticas de desarrollo social e igualdad de oportunidades, en concordancia con la política General del Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos locales, así como de promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, la Ley Nº 27802 Ley del Consejo Nacional de Juventudes precisa a quien se considera joven a la etapa del ser humano donde se inicia la madurez física, psicológica y social con una valoración y reconocimiento, base definitiva de la vida, construcción de su identidad, personalidad hacia un proyecto de vida. Es decir las personas de 15 a 29 años de edad; Que, de acuerdo a lo establecido en los Artículos IV, V, y VI del título preliminar de la Ley Nº 27802, el Estado fomenta y auspicia la formación de asociaciones y organizaciones de jóvenes sin discriminación alguna, promoviendo la participación de los jóvenes en la vida política, económica, cultural y social, promueve la participación organizada de la juventud, como órgano de consulta y coordinación; Que, mediante escrito signado con Expediente Administrativo Nº 693, de fecha 04 de agosto de 2015, presentado por el Comité Directivo del Grupo Impulsor para La Implementación del Consejo Regional de la Juventud de Huánuco, en adelante COREJU-HCO; quienes solicitan la modificación de la Ordenanza Regional Nº 031-E-2005-CR-GRH y asimismo solicitan la aprobación del Reglamento del Consejo Regional de Juventudes COREJU-HCO; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 031-E-2005CR-GR de fecha 13 de octubre del año 2005, se crea el Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional; Que, según lo dispuesto en el literal 4) del Artículo 8º de la Ley 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la gestión se basa por el principio de inclusión, desarrollando sus políticas y acciones integrales dirigidas a promover la inclusión económica, social, cultural y política de los jóvenes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007.PCM, establece las políticas públicas del Estado y se define la política de Juventud, de la cual brinda el marco para la apertura de espacios de participación orientadas a la juventud como "fortalecer y fomentar la participación juvenil en los distintos espacios políticos sociales"; Que la Ley Nº 27802 Ley de Creación del Consejo Nacional de la Juventud ­ CONAJU, establece en su IV TP "El estado promueve y auspicia la formación de asociaciones y organizaciones de jóvenes, con la finalidad de fomentar el desarrollo moral, cultural, educativo, social y económico, en concordancia con el Artículo V, "el estado promueve la participación de los jóvenes en la vida política, económica, cultural y social" en los diferentes niveles de gobierno;

Lote 08, Mz. B, con frente a la Av. San 1 Martín de Porres Nº 621, Urb. La Es- Ate trella de Santa Clara San Av. Arequipa Nº 709, Tienda Comer2 Jerónimo cial Nº 01, Primer Piso de Tunan 3 Jr. 28 de Julio Nº 650 Ambo 4 Jr. Lima Nº 546 Panao José 5 Av. Lima Nº 318 ­ Aucayacu Crespo y Castillo 6 Jr. Comercio Nº 1030 Calle Central La Unión

Huancayo Junín Ambo Pachitea Leoncio Prado Dos de Mayo Huánuco Huánuco Huánuco Huánuco

1323229-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban la modificación de la Ordenanza Regional Nº 031-E-2005-CR-GRH que creó el Consejo Regional de la Juventud del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 027- 2015-CR-GRH APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 031-E-2005-CR-GRH Huanuco, 3 de noviembre del 2015

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