Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2015 (17/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 17 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, así mismo, en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificado por el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM establece las obligaciones del funcionario responsable de entregar la información, y en el Artículo 9º sustituido por el Artículo 2º del acotado último dispositivo se establecen las funciones del responsable del Portal de Transparencia; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003PCM establece que "La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas.", por lo que estando a la propuesta efectuada en el Memorandum Nº 103-2015-GR-LL-GGR/GRTC se procede a designar a los servidores Responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad y de Entregar la Información de Acceso Público De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y su modificatoria, Ley Nº 27444 y Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y estando a las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública a los servidores que a continuación se indican: Lic. MIGUEL ANGEL GARCIA VASQUEZ, como Responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad, quién deberá ingresar y mantener actualizada la información en el Portal de Transparencia de la entidad de conformidad con lo estipulado en el Artículo 5º y 25º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, su modificatoria y demás normativa vigente acorde al Tercer Considerando de la presente Resolución. Lic. ARTURO VASQUEZ TERAN, como Responsable de Entregar la Información de Acceso Público. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los órganos de línea, de asesoría y apoyo y demás áreas de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones y a quiénes corresponda en el modo y forma de ley. Regístrese y comuníquese. EVER CADENILLAS CORONEL Gerente Regional Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad 1322741-1

EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO VISTOS: El Informe Nº 0243-2015-GEMU-MDEA emitido por Gerencia Municipal y el informe Nº148-2015GREN-MDSM emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza Nº 587-MDEA se otorgan beneficios tributarios y no tributarios a favor de los vecinos del distrito de El Agustino facultándose al alcalde en la segunda disposición complementaria y final, para que mediante decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza y para establecer la prórroga de la misma, de ser el caso; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 005-2015MDEA se prorroga la vigencia del beneficio tributario y no tributario a favor de los contribuyentes del distrito, establecidos en la ordenanza Nº 587-MDEA, hasta el 30 de noviembre de 2015. Que, según el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen, entre otras disposiciones, normas que regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Rentas reporta la necesidad de los vecinos del distrito porque se amplié la vigencia del beneficio y de parte de la administración tributaria disposición por corresponder, por lo que resulta imperioso prorrogar la vigencia de dicho beneficio hasta el 18 de diciembre de 2015, inclusive; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del beneficio tributario y no tributario a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino, establecidos en la ordenanza Nº587-MDEA, hasta el 18 de diciembre de 2015, inclusive. Artículo 2º.- PUBLICAR el presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Sugerencia de Tesorería y a la Unidad de Racionalización, Estadística e Informática y Programación de Inversiones el cabal cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1323319-1

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Prohíben la quema de muñecos, aceites, llantas, artículos pirotécnicos y otros elementos contaminantes en la vía pública en las fiestas navideñas y de año nuevo en el distrito
ORDENANZA Nº 274-MDPP Puente Piedra, 7 de diciembre del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 07 de Diciembre del 2015; el Proyecto de Ordenanza que prohíbe la quema de muñecos, aceites, llantas, artículos pirotécnicos y otros elementos contaminantes en las festividades de navidad y año nuevo en el Distrito

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Prorrogan vigencia del beneficio tributario y no tributario a favor de los contribuyentes establecidos en la Ordenanza N° 587-MDEA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2015-MDEA El Agustino, 7 de diciembre de 2015.

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