Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de diciembre de 2015 /

El Peruano

designación de los miembros del Órgano Consultivo de la Institución; Que, asimismo, el numeral 8.3 del artículo 8° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, dispone que los miembros del Órgano Consultivo serán designados por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser ratificados por un (1) periodo adicional; Que, el Órgano Consultivo podrá utilizar la denominación de Consejo Consultivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM; Que, el Consejo Directivo del Indecopi considera importante completar la designación de todos los miembros del Consejo Consultivo a fin de asegurar el correcto funcionamiento de sus órganos internos, por lo que ha aprobado la designación de la persona que ejerza el cargo de miembro del Consejo Consultivo; Estando al Acuerdo Nº 096-2015 adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi en sesión de fecha 9 de noviembre de 2015; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora María Matilde Schwalb Helguero como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1324916-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Incorporan anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180) "Reporte de Sostenibilidad Corporativa" aprobada mediante Res. N° 211-98-EF/94.11
RESOLUCIÓN SMV Nº 033-2015-SMV/01 Lima, 15 de diciembre de 2015 VISTOS: El Expediente N° 2015041763 y el Informe Conjunto Nº 995-2015-SMV/06/12/13 del 07 de diciembre de 2015 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Riesgos y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el proyecto de norma que incorpora un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180) "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", la misma que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales, Reportes Trimestrales y otros documentos informativos y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambas aprobadas por Resolución Gerencia General N° 211-98EF/94.11 (en adelante, el Proyecto); CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y sus modificatorias, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5º de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores,

así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión; Que, reviste de especial importancia que los emisores con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores revelen al mercado información acerca de sus actividades y gestión de riesgos inherentes al desarrollo económico, medioambiental y social, complementando con ello la información que los emisores difunden actualmente con respecto a su grado de adhesión a los principios de buen gobierno corporativo; Que, si bien la SMV reconoce que la adopción de prácticas que permitan la sostenibilidad corporativa de las empresas es voluntaria, no es menos cierto que para aquellos titulares de valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores, resulta relevante conocer las políticas, los estándares y acciones que los emisores vienen implementando para asegurar su sostenibilidad, creando valor a largo plazo, para cuyo fin en línea con el principio "cumple o explica" reconocido internacionalmente, se dispone que éstos brinden información relacionada con dichas acciones en el orden y formato establecido por la SMV, que se incorpora como anexo en la Memoria Anual, el "Reporte de Sostenibilidad Corporativa"; Que, la divulgación de este "Reporte de Sostenibilidad Corporativa" permitirá a los participantes del mercado de valores realizar una gestión de riesgos más completa e identificar oportunidades de inversión con un horizonte de largo plazo; Que, actualmente existen empresas con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores que vienen adoptando voluntariamente prácticas para revelar al mercado reportes de sostenibilidad con información acerca del impacto de sus operaciones sobre el medio ambiente, el bienestar social y el desarrollo económico, información que es importante que sea difundida al mercado en la misma oportunidad que su Memoria Anual; Que, el Proyecto fue difundido en el Diario Oficial El Peruano y puesto en consulta ciudadana en el Portal del Mercado de Valores de la SMV por quince (15) días calendario, conforme lo dispuso la Resolución SMV N° 029-2015-SMV/01; publicada el 03 de noviembre de 2015, plazo durante el cual se recibieron comentarios que permitieron enriquecer la propuesta normativa; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 1, literal b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley N° 29782 y la Ley N° 30050, el artículo 2° del Reglamento para la Preparación y Presentación de Memorias Anuales y Reportes Trimestrales; así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 14 de diciembre de 2015, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incorporar un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10180), "Reporte de Sostenibilidad Corporativa", la misma que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales, Reportes Trimestrales y otros documentos informativos y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambas aprobadas mediante Resolución Gerencia General N° 211-98-EF/94.11, con el siguiente texto: REPORTE DE SOSTENIBILIDAD CORPORATIVA (10180) Denominación:

Ejercicio: Página Web: Denominación o razón social de la empresa revisora:1
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Solo es aplicable en el caso en que la información contenida en el presente informe haya sido revisada por alguna empresa especializada (por ejemplo: sociedad de auditoría o empresa de consultoría).

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