Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 96

569018

NORMAS LEGALES

Sábado 19 de diciembre de 2015 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Aprueban conformación de las Salas Especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud para el periodo 2016
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 179-2015-SUSALUD/S Lima, 15 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud ­ IAFAS; así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, conforme al artículo 24° del Decreto Legislativo N° 1158, antes citado, el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud es un órgano resolutivo, que forma parte de la estructura orgánica de SUSALUD, con autonomía técnica y funcional, siendo competente para conocer y resolver en última instancia administrativa, los procedimientos y materias sometidas a su consideración; Que, de acuerdo al artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con el artículo 25° del Decreto Legislativo N° 1158, el Tribunal de SUSALUD está integrado por Salas Especializadas en los asuntos de su competencia, y cada sala está integrada por tres (03) vocales; Que, conforme al artículo 28° del Decreto Legislativo N° 1158, que establece que los vocales de las Salas del Tribunal de SUSALUD son elegidos por Concurso Público de Méritos, convocado y conducido por el Consejo Directivo de SUSALUD, y designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Salud; mediante Resolución Suprema N° 012-2015-SA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 18 de abril de 2015, se designó a nueve (09) profesionales en el cargo de vocales del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 092-2015-SUSALUD/S de fecha 02 de junio de 2015, se dispuso que el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud esté conformado por tres (03) Salas Especializadas: Primera Sala "Sala Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud ­ IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS ­ UGIPRESS; Segunda Sala "Sala Especializada en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS"; y la Tercera Sala "Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios"; y se dispuso la conformación de las mismas para el período 2015; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° del ROF de SUSALUD, el Consejo Directivo tiene la función de establecer el número, la materia y organización de las salas que conforman el Tribunal, considerando la especialización y la carga procesal; Que, estando a la normativa precitada y al Acuerdo N° 03 adoptado en Sesión N° 024-2015-CD de fecha 15 de diciembre de 2015, resulta necesario aprobar la conformación de cada una de las Salas Especializadas

del Tribunal de SUSALUD para el período 2016, conforme a lo acordado por el Consejo Directivo; Que, conforme al artículo 9° y literal t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, la Superintendencia es el órgano de mayor jerarquía de la institución y expide las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo; Con el visto de la encargada de las funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 9° y literal t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 0082014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la conformación de las Salas Especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud para el período 2016, conforme se detalla a continuación: Primera Sala: "Sala Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS ­ UGIPRESS". - Christian Guzman Napurí - José Antonio Arostegui Girano - José Hugo Rodríguez Brignardello Segunda Sala: "Sala Especializada en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS". - Enrique Antonio Varsi Rospigliosi - José William Torres Sales - Juan Carlos Bustamante Zavala Tercera Sala: "Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios". - Juan Alejandro Espinoza Espinoza - Leysser Luiggi León Hilario - Marlene Leonor Rodríguez Sifuentes Artículo 2°.- El Presidente del Tribunal de SUSALUD y los Presidentes de cada una de las Salas Especializadas, serán elegidos mediante acuerdo de Sala Plena del Tribunal, conforme a los criterios establecidos en el Reglamento Interno del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 172-2015-SUSALUD/S. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de SUSALUD (www.susalud.gob.pe). Regístrese, Comuníquese y Publíquese, FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1324914-1

Aprueban Reglamento de Conciliación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 181-2015-SUSALUD/S Lima, 15 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Técnico del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de Salud y el Informe Jurídico N° 046-2015-SUSALUD/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.