Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2015 (20/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Domingo 20 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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privada de la Municipalidad Distrital de Wanchaq - CEPRIWANCHAQ. Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 046-2015-MDW/C, de fecha 13 de abril del 2015, se acuerda priorizar el proyecto del "MERCADO MODELO DE WANCHAQ", para ser ejecutada en el marco de la Ley Nº 29230 - "Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado". Que, mediante Informe Nº 029-2015-OC-MDW/C, de fecha 20 de noviembre del 2015, indica que de la revisión de la documentación técnica del Mercado de Wanchaq y el levantamiento real efectuado por el topógrafo, del área de la Oficina de Catastro de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, encontrándose desfase fundamentalmente en las áreas de la fracción Nº 1 y fracción Nº 2 del Mercado de Wanchaq. Que, mediante Memorándum Nº 416-2015-GMMDW/C, de fecha 24 de noviembre del 2015, se solicita se realice las coordinaciones, acciones y trámites necesarios de rectificación del área del inmueble denominado "Mercado de Wanchaq", previo al trámite de subdivisión e independización, con el objeto de lograr la inscripción en los Registros Públicos. Que, de acuerdo a las funciones de la Unidad de Patrimonio para realizar el Saneamiento Físico y Legal de los bienes inmuebles de la municipalidad y mantener actualizado el margesí de bienes de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, es así, que se verificado el expediente del Mercado de Wanchaq, en la cual existe una diferencia en el área y medidas perimétricas del predio del Mercado de Wanchaq, entre lo inscrito en los Registros Públicos y el área real del Mercado de Wanchaq, determinándose que existe una discrepancia con el lote inscrito en la SUNARP. Que, la Municipalidad Distrital de Wanchaq, en uso de su autonomía política, económica y administrativa; y, en cumplimiento por lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, Art. 31º y Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, tiene la obligación de poner en conocimiento de la población dicho acto administrativo. Por las razones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º, Inc. 6) y Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de Necesidad y Utilidad Pública el Saneamiento Físico Legal del bien inmueble

denominado "Mercado de Wanchaq" de propiedad de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, y de los cuales cuenta con el área de inscripción registral, no acorde a la realidad jurídica extra registral, procediendo a la rectificación de áreas y medidas perimétricas del predio. RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y MEDIDAS PERIMETRICAS LOTE URBANO I.- GENERALIDADES. PROPIETARIO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ. UBICACIÓN : ESQUINA AV. HUASCAR Y AV. GARCILASO S/N, DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO FECHA : 03 de DICIEMBRE DEL 2015 II.- ÁREAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS. ÁREA : 10,198.26 m2. PERIMÉTRICO : 458.46 ml. LINDEROS FRENTE DERECHA : Con la Av. Garcilaso en línea recta de 141.42 ml. : Con el Centro de Salud de Wanchaq y Cuartel de Bomberos de Wanchaq en línea quebrada (29.58+ 10.77+6.84+5.65+10.94+4.38+8.16+5.59) de 81.91 ml. : Con la Av. Huáscar en línea quebrada (3.95+59.19) de 63.14 ml. : Con propiedad privada en línea quebrada (87.15+14.97+69.87) de 171.99 ml.

IZQUIERDA FONDO

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en otro de mayor circulación regional, así como en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Wanchaq www. muniwanchaq.gob.pe para poner en conocimiento de la ciudadanía para los fines de Ley. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. WILLY CUZMAR DEL CASTILLO Alcalde 1325277-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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