Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2015 (20/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Domingo 20 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Territorial emite Opinión Técnica Favorable de los proyectos de CAP Provisional propuestos por la Dirección Regional de Salud y sus Unidades Ejecutoras; Que, mediante el Informe Nº 1775-2015-GRL/SGRAJ la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, remite al Despacho del Gobernador Regional Opinión legal concluyendo que el Proyecto de aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­CAP Provisional de las siguientes Unidades Ejecutoras- Direccion Regional de Salud LimaUnidad Ejecutora 400; Hospital Regional de HuachoUnidad Ejecutora 401; Direccion de Red de Salud Cañete Yauyos ­Unidad Ejecutora 402; Hospital de RezolaUnidad Ejecutora 403; Hospital de Barranca Cajatambo y SBS ­Unidad Ejecutora 404; Hospital de Chancay-Unidad Ejecutora 405; Direccion de Salud Chilca Mala- Unidad Ejecutora 406; Hospital Huaral ­Unidad Ejecutora 407 y Direccion de Salud de Red de Salud Huarochirí-Unidad Ejecutora 408, luego del análisis, debate y de considerar el Pleno del Consejo Regional su aprobación, debe oficializarse mediante Ordenanza Regional; por lo que el despacho del Gobernador Regional de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno del Consejo Regional. Deberá remitir el informe técnico favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el presente informe legal conjuntamente con sus antecedentes a fin de que se analizada y debatida por el Pleno del Consejo Regional para su aprobación. Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 14 de diciembre de 2015, se trató la Carta 015-2015-GRL/PRES del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lima en el cual envía la propuesta de Modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud: 400 Dirección Regional de Salud; 401 Hospital Huacho y Red de Salud Huaura-Oyón; 402 Servicios de Salud Cañete-Yauyos; 403 Hospital Rezola Cañete; 404 Hospital Barranca Cajatambo y Servicios Básicos de Salud; 405 Hospital de Chancay y Servicios Básicos de Salud; 406 Red de Servicios de Salud Chilca Mala; 407 Hospital de Huaral y Servicios Básicos de Salud y 408 Red de Salud Huarochirí; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima y con el voto por MAYORÍA de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional, se aprueba la exoneración del pase a Comisión Ordinaria de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento y la aprobación de la presente ordenanza regional; En uso de sus facultades conferidas en el artículo 15 inciso a), c) y s) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL ­ CAP PROVISIONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD LIMA" Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Lima ­ Unidad Ejecutora 400, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional del Hospital Regional de Huacho y SBS ­ Unidad Ejecutora 401, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional de la Direccion de Red de Salud Cañete Yauyos ­Unidad Ejecutora 402, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional del Hospital de Rezola-Unidad Ejecutora 403, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional del Hospital de Barranca Cajatambo y SBS ­ Unidad Ejecutora 404, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Sexto.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional de Hospital de Chancay-Unidad Ejecutora 405, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Direccion de Salud Chilca Mala-Unidad Ejecutora 406, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional de Hospital Huaral ­ Unidad Ejecutora 407 conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP Provisional de la Direccion de Red de Salud Huarochirí ­ Unidad Ejecutora 408 conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo.- DISPONER que la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos o la que haga sus veces Unidades Ejecutoras: Direccion Regional de Salud Lima-Unidad Ejecutora 400; Hospital Regional de Huacho-Unidad Ejecutora 401; Direccion de Red de Salud Cañete Yauyos ­Unidad Ejecutora 402; Hospital de Rezola-Unidad Ejecutora 403; Hospital de Barranca Cajatambo y SBS ­Unidad Ejecutora 404; Hospital de Chancay-Unidad Ejecutora 405; Direccion de Red de Salud Chilca Mala- Unidad Ejecutora 406; Hospital Huaral ­Unidad Ejecutora 407 y Direccion de Salud de Red de Salud Huarochirí-Unidad Ejecutora 408, adopte las acciones de personal necesarias, a fin de implementar lo dispuesto por la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 001-2015-CR-GRL de fecha 11 de febrero del 2015, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP PROVISIONAL de las Unidades Ejecutoras de la Dirección Regional de Salud de Lima. Artículo Décimo Segundo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Décimo Tercero.- La presente Ordenanza Regional y los Cuadros para Asignación del Personal Provisional que se aprueban, serán publicados en el Portal del Estado Peruano ( www.peru.gob.pe) y en el Portal Web del Gobierno Regional de Lima ( www.regionlima.gob.pe), en cada una de las Unidades Ejecutoras indicadas en el artículo décimo, y en el Diario Oficial El Peruano. En Huacho, a los catorce días del mes de diciembre del dos mil quince. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. VICENTE SABINO RIVERA LOARTE Consejero Delegado Consejo regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del dos mil quince. NELSON CHUI MEJIA Gobernador Regional de Lima 1325088-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Dirección Regional de Producción Piura
ORDENANZA REGIONAL Nº 329-2015/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL PIURA REGIONAL DEL GOBIERNO

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