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El Peruano Miércoles 7 de enero de 2015 544104 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 45º y a la Quinta Disposición complementaria de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Servicio Nacional de Metrología, establecer y aprobar las Normas de Metrología Legal; Que, con fecha 05 de julio de 1995 se publicó la Resolución Nº 014-94-INDECOPI/CNM aprobando la norma NMP 001:1995 “Productos Envasados. Rotulado”; Que, a nivel internacional los países vienen adecuando sus sistemas de supervisión y control a las Recomendaciones Internacionales OIML vigentes, otorgando períodos de implementación para su entrada en vigor; Que, en atención a consultas sobre la necesidad de aplicación de la nueva edición de la recomendación internacional y al tiempo transcurrido desde la publicación de la Recomendación Internacional, se consideró conveniente actualizar la NMP 001:1995 “Productos Envasados. Rotulado”, adoptando la nueva edición de la Recomendación Internacional OIML R 79:1997 “Labeling requirements for prepackaged products”; Que, los importadores de productos manufacturados en el extranjero, los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor requieren un plazo para adecuar sus procesos para el etiquetado de productos preenvasados a las exigencias de la nueva norma metrológica peruana NMP 001:2014; Que, la existencia en el mercado de productos preenvasados y rotulados basados en la anterior edición de la norma metrológica peruana NMP 001:1995 hace necesario dictar normas que faciliten la implementación de la nueva edición de la norma metrológica NMP 001:2014 y precisar los términos en que dicha implementación debe llevarse a cabo tomando en cuenta la existencia de productos preenvasados y rotulados bajo parámetros metrológicos anteriores a la norma citada; Que, el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 001:2014 “Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados” fue elaborado de acuerdo al Procedimiento de Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas y sometido a consulta pública y a la opinión de diversas organizaciones involucradas; Que, habiendo recibido comentarios al Proyecto de Norma Metrológica Peruana por parte del Instituto Nacional de Salud, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara de Comercio, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios y la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI, y luego de la evaluación correspondiente; estando en las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1033, la Ley Nº 23560 y sus normas reglamentarias, RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR como Norma Metrológica Peruana, con carácter obligatorio, la siguiente: NMP 001:2014 “Requisitos para el etiquetado de productos preenvasados” Artículo 2º.- El plazo para la implementación y cumplimiento de la Norma Metrológica Peruana NMP 001:2014 es de un año, contado a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Norma Metrológica Peruana NMP 001:1995 “Productos Envasados. Rotulado”, una vez concluido el plazo de implementación de la norma NMP 001:2014. Artículo 4º.- Los importadores de productos manufacturados en el extranjero, los proveedores contemplados en el numeral 2 del artículo IV de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, son responsables de la correcta aplicación de las disposiciones contenidas en la presente resolución. Regístrese y publíquese. JOSE DAJES CASTRO Jefe del Servicio Nacional de Metrología 1184155-1 Declaran patrón nacional de Humedad al Sistema Generador de Humedad RESOLUCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGÍA Nº 007-2014/SNM-INDECOPI PATRON NACIONAL DE HUMEDAD Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe Nº 054-2011/GEL y Nº 146-2012/GEL emitidos por la Gerencia Legal del Indecopi respecto a los alcances de las funciones que el Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, asigna en materia de metrología legal al Servicio Nacional de Metrología, así como el Informe Técnico Nº 049-2014. CONSIDERANDO: Que la determinación de los patrones nacionales de medición tiene el doble objeto de asegurar la uniformidad de las mediciones empleadas en las actividades industriales, comerciales, sociales y científi cas, y de garantizar su Trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades y dentro del Sistema Legal de Unidades de Medida del Perú; en consecuencia, la determinación de los patrones nacionales de medición es prioritaria para el desarrollo integral del país; Que, según el artículo 45 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, el Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI es el ente rector de la metrología nacional en el campo científi co, industrial y legal, y asimismo es custodio de los patrones nacionales de medición; Que, en tal condición, el Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI es responsable de identifi car las características esenciales de los patrones nacionales de medición, tales como su magnitud, sus unidades, sus escalas, sus alcances e incertidumbres; Que, los niveles de exactitud de los patrones de medición que posee el Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI para ser considerados como patrones nacionales se van alcanzando de manera progresiva; Que, las propuestas formuladas por el Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI en el citado Informe Técnico están alineadas con las recomendaciones y parámetros de la Ofi cina Internacional de Pesas y Medidas; Estando a las facultades conferidas por el Decreto Legislativo 1033, la Ley 23560 y sus normas reglamentarias, SE RESUELVE: Primero.- Declarar patrón nacional de Humedad al Sistema Generador de Humedad, cuyas características esenciales se describen en el Anexo de la presente Resolución. Segundo.- Los demás patrones de medición empleados en el país serán declarados de manera progresiva. Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y publíquese. JOSE DAJES CASTRO Jefe del Servicio Nacional de Metrología ANEXO DESCRIPCIÓN DEL PATRÓN NACIONAL Patrón Nacional de Humedad Magnitudes : humedad relativa, temperatura de punto de rocío Unidades : porcentaje de humedad relativa (%HR), grado Celsius (°C)