Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 3608-2013-MTC/15 de fecha 03 de setiembre de 2013, variando la ubicacion de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica), del inmueble ubicado en: Av. Los Libertadores Mz. "B" Lote Nº 05, 2do piso, Distrito de San MORDAZA de Canete, Provincia de Canete, Departamento de MORDAZA al MORDAZA local ubicado en: Urbanizacion California C-4, Distrito Cercado de Ica, Provincia y Departamento de Ica; asi como el circuito de manejo ubicado en: Parcela San MORDAZA, Altura del Kilometro Nº 145 - Nueva Panamericana Sur, Distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, Region MORDAZA al MORDAZA domicilio ubicado en: Prolongacion Grau S/N, Distrito de Parcona, Provincia y Departamento de Ica. Articulo Segundo.- La empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., debera tener presente que el cambio de domicilio del circuito de manejo estara igualmente supeditada al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en El Reglamento. Por ello, se senala que mediante Resolucion Directoral Nº 430-2014-MTC/15, la cual modifica la Resolucion Directoral Nº 3634-2013-MTC/15, se establecio un plazo de adecuacion hasta el 30 de MORDAZA de 2014, para efectos de que las Escuelas de Conductores autorizadas presenten el Expediente Tecnico de las caracteristicas especiales del circuito de manejo, a fin de obtener la conformidad del mismo siempre que cumpla con lo dispuesto en la referida normativa. Asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2014, las escuelas de conductores que cuenten con la conformidad emitida por la autoridad competente, deberan presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, MORDAZA legalizada de la conformidad de obra del circuito de manejo emitida por la municipalidad competente. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 1179275-1

Expediente Tecnico de las Caracteristicas Especiales del Circuito de Manejo con el que deben contar las Escuelas de Conductores. El Expediente Tecnico de las caracteristicas especiales del circuito de manejo debera contar como minimo de: resumen ejecutivo, memoria descriptiva, diseno geometrico, senalizacion y seguridad vial, capacidad de operacion (todos ellos con su respectiva memoria de calculo), modelacion en 3D, estudio de impacto vial y diseno arquitectonico de las edificaciones administrativas. Los cuales deben ser disenados para satisfacer al MORDAZA los objetivos fundamentales, es decir, la funcionalidad y la seguridad. El Expediente Tecnico de las caracteristicas especiales del circuito de manejo debera ser presentado a la Direccion General de Transporte Terrestre del ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conformidad, en un original con su respectiva version digital en las extensiones de Word, Excel, pdf, dwg y otros utilizados, segun corresponda y firmado por los respectivos especialistas. El circuito de manejo debera contar con la conformidad de obra otorgada por la municipalidad correspondiente, de acuerdo a los requisitos que establece dicha entidad"; Que, asimismo el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 430-2014-MTC/15, establece lo siguiente: "Articulo 3º.- Plazo de adecuacion. Las escuelas de conductores autorizadas asi como las personas juridicas que soliciten la autorizacion como tal, deberan cumplir con adecuarse y presentar las caracteristicas especiales del circuito de manejo, respectivamente, de la siguiente manera: a) Escuelas de conductores autorizadas: hasta el 30 de MORDAZA de 2014, las escuelas de conductores deberan de presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Expediente Tecnico de las caracteristicas especiales del circuito de manejo, a fin de obtener la conformidad del mismo siempre que cumpla con lo dispuesto en el articulo 2 de la presente Resolucion Directoral. Hasta el 31 de diciembre de 2014 las escuelas de conductores deberan presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, MORDAZA legalizada de la conformidad de obra del circuito de manejo emitida por la municipalidad competente..."; Que, en consecuencia las Escuelas de Conductores autorizadas, que no hayan presentado su expediente tecnico de adecuacion del circuito de manejo de conformidad a lo establecido en las Resoluciones Directorales Nºs 3634-2013-MTC/15 y 430-2014-MTC/15 hasta el dia 30 de MORDAZA de 2014, podran hacer uso de su circuito de manejo autorizado hasta el 31 de diciembre de 2014; caso contrario estarian incumpliendo con las condiciones de acceso que establece El Reglamento y sus normas complementarias; Que, la solicitud presentada por la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos del articulo 53º de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, asi como del circuito de manejo, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 3608-2013-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 008-2014-MTC/15.mgca de fecha 01 de diciembre de 2014, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Escuela, la inspectora concluye que, se constato que la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU S.A.C., cuenta con la infraestructura requerida en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del numeral 43.3 del articulo 43º del DS: Nº 040-2008-MTC y modificatorias; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 3862014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y;

Autorizan a Kafta S.A.C. como taller de conversion a gas natural vehicular, para operar en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5265-2014-MTC/15 MORDAZA, 12 de diciembre de 2014 VISTO: El Parte Diario Nº 218561 presentado por la empresa denominada KAFTA S.A.C., mediante el cual solicita

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